N° 101572/21 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial Nro. 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 18 a mi
cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por dos días en autos “ASOCIACION POR
LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES (ADUC) c/ BANCO MACRO S.A. Y OTROS s/ORDINARIO”
(Exp. Nro. 35210/15) que las partes han arribado a un acuerdo a la luz del cual BANCO MACRO S.A. continuará
percibiendo la comisión “mantenimiento de cuenta” en los términos de las Comunicaciones BCRA “A” 5460 y
5388, mas se compromete a otorgar a aquellos que habiendo sido clientes al 30.09.13 y que continúen o no
siendo clientes y se les hubiera cobrado a partir de dicha fecha una “comisión por mantenimiento de cuenta”
en tarjetas de crédito, un beneficio consistente en Seguro de Accidentes Personales por (i) fallecimiento por
accidente por la suma de $ 200.000 (ii) invalidez (total y permanente) por accidente por la suma de $ 200.000;
(iii) renta diaria por hospitalización por la suma de $ 50.000. La referida cobertura será brindada por Compañía
Metlife Seguros S.A., por un plazo máximo de dos (2) años y abarcará a un titular, que deberá ser el usuario o
consumidor alcanzado por el beneficio. Asimismo, se otorgará el beneficio de un servicio de multiasistencia que
será brindado por Compañía Europ Assistance Argentina S.A., por un plazo máximo de dos años consistente en:
1) Servicios de asistencia al hogar: Plomería, Gasista, Cristalería, Electricista y Cerrajería, cada uno de ellos por
hasta $ 3.000 por evento y hasta 2 eventos al año; y prestaciones adicionales por hasta $ 1.000 por evento y hasta
un evento anual consistente en seguridad y vigilancia por robo, celador o cuidador –vigilante substituto, servicio de
mudanza, técnicos para mantenimiento general, asesoría de seguridad en el hogar y asistencia legal in situ en caso
de robo al domicilio; 2) Cobertura médica odontológica: por hasta $ 10.000 anuales por consulta odontológica
telefónica las 24 hs.; examen odontológico, odontograma general; radiografías periapicales y coronales; medicina
bucal - historia clínica, diagnóstico, plan de tratamiento, exodoncias simples o extracciones, técnicas de higiene
oral y prevención vía telefónica, tratamientos de conducto, alivio de dolor (angelsicos) y referencias de centros y
clínicas odontológicas; asistencia dental de urgencia - gastos de atención odontológica de urgencia; gastos por
accidente (prótesis dental); tratamientos no urgentes; 3) referencia de farmacias, centros de salud y odontólogos a
nivel nacional; 4) enfermera a domicilio por hasta $ 10.000 anuales; 5) terapias básicas físicas a domicilio por hasta
$ 10.000 anuales; 6) acompañante nocturno durante la hospitalización por hasta $ 10.000 anuales; 7) asistencia en
sala de urgencia por accidente laboral, doméstico y de tránsito por hasta $ 10.000 anuales; y 8) 30% de reintegro
por gastos en farmacias. Se deja constancia que la sentencia homologatoria en cuestión hará cosa juzgada para
los demandados y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren abarcados en el presente acuerdo,
sin perjuicio del derecho que les asistes a quienes deseen apartarse de la solución general adoptada, de efectuar
reclamos individuales. Aquel usuario que así lo desee podrá excluirse del mismo enviando dentro de los 90 días
corridos de la última publicación de edictos, un correo
electrónico a info@aduc.org.ar y atenciondeacuerdojudicial@macro.com.ar manifestando que va a hacer uso del
derecho de autoexclusión. Ante cualquier inconveniente podrán dirigir su consulta a ADUC al email info@aduc.org.
ar. Buenos Aires, 20 de diciembre de 2021. PAULA MARIA HUALDE Juez - FLORENCIA M. CLAUS SECRETARIA
e. 29/12/2021 N° 101572/21 v. 30/12/2021