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N° 541642/4 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50

Edictos Judiciales viernes, 7 de enero de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50

JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL N* 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco

Robledo, Secretaría n* 50 a cargo del Dr. Federico H. Campolongo, hace saber que con fecha 28/12/2021 ha

sido decretada la quiebra de CARBONELL BRENDA AILEN MAGALI, CUIT 27-41571427-6, en el expediente Nro.

19715/2021, caratulado “CARBONELL, BRENDA AILEN MAGALI s/QUIEBRA”. Los acreedores deberán presentar

las peticiones de verificación y los títulos pertinentes ante el síndico CONTADOR OTTO REINALDO MUNCH, con

domicilio constituido en la calle Viamonte 1348 Piso 2º “B” Capital Federal, hasta el día 6/4/2022. Los acreedores

podrán enviar sus pedidos de verificación al correo electrónico de la sindicatura (estudio231@yahoo.com.ar)

adjuntando en formato PDF copia de la documentación fundante del pedido. Las observaciones a los pedidos

verificatorios se deberán remitir a la misma dirección de correo electrónico del síndico. En caso de que alguno

de los insinuantes deba cumplir con el pago del arancel verificatorio del art. 32 LCQ, el mismo podrá efectuarse

mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria de la sindicatura, abierta en el Banco Credicoop. Coop.

Ltdo., sucursal 20, cuenta corriente Nº 541642/4, CBU 1910020955002054164246, CUIT número 20-05606949-7,

DNI 5.606.949, OTTO REINALDO MUNCH. El citado funcionario presentará el informe previsto por el art. 35 LCQ el

día 20/05/2022, y el prescripto por el art. 39 LCQ el día 5/07/2022. Asimismo se intima a la fallida para que dentro de

las 24 hs. se haga entrega al síndico de todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación contable

perteneciente a su negocio o actividad y para que cumpla los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley 24.522.

Intímese a terceros que tengan bienes y documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la

sindicatura en el plazo de cinco días, prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces.

Publíquese por 5 días. Buenos Aires, 30 de diciembre de 2021.- FIRMADO: DR. FEDERICO H. CAMPOLONGO,

SECRETARIO HORACIO F. ROBLEDO Juez - FEDERICO H. CAMPOLONGO SECRETARIO

e. 03/01/2022 N° 102501/21 v. 07/01/2022