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N° 1140/22 Aviso del Boletín Oficial

CHEEK S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 13 de enero de 2022

Texto del aviso

CHEEK S.A.

30-67729108-3 Por Asamblea del 26/06/2020 se resolvió por unanimidad: (i) Aumentar el capital social de

$ 10.500.000 a la suma de $ 24.500.000 (ii) aprobar la capitalización del Crédito que Daniel Awada posee contra

la Sociedad equivalente a $ 95.200.000 (ii) emitir 14.000.000 acciones preferidas, nominativas no endosables de

valor nominal $ 1 cada una y sin derecho a voto (iv) fijar prima de emisión de $ 5,80 por acción, es decir, prima total

de $ 81.200.000 la que se destinará a la cuenta Reserva para Prima de Emisión (iv) aumento suscripto e integrado

en su totalidad por Daniel Awada tanto capital como prima mediante capitalización del Crédito que posee contra

la Sociedad (v) el resto de los accionistas renuncian expresa e irrevocablemente a su derecho de suscripción

preferente y de acrecer preferente sobre este aumento (vi) modificar el Art. 4° del Estatuto Social: El capital social

es de pesos veinticuatro millones quinientos mil ($ 24.500.000), representado por un millón setecientas cincuenta

mil acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal un peso ($ 1) cada una y con derecho

a un voto por acción, y por veintidós millones setecientos cincuenta mil acciones preferidas, nominativas no

endosables, de valor nominal un peso ($ 1) cada una y sin derecho a voto. Las acciones preferidas tendrán

preferencia en el reembolso del capital en caso de liquidación de la Sociedad, consistente en el derecho de recibir

el reembolso de la totalidad de su capital con preferencia a los accionistas titulares de acciones ordinarias. Una

vez reembolsado el capital a los tenedores de acciones preferidas, en proporción a sus tenencias accionarias, si

hubiera un remanente, se procederá al reembolso del capital perteneciente a los titulares de acciones ordinarias.

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.835 - Segunda Sección 5 Jueves 13 de enero de 2022

El excedente luego de esta operación, se distribuirá entre los tenedores de acciones preferidas y los tenedores de

acciones ordinarias conforme a sus participaciones en el capital social. El capital puede aumentarse por decisión

de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19.550. La resolución

respectiva será instrumentada por escritura pública y se inscribirá en el Registro Público de Comercio” Autorizado

según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 26/06/2020

MOFFAT NICOLAS ALEJANDRO - T°: 113 F°: 129 C.P.A.C.F.

e. 13/01/2022 N° 1140/22 v. 13/01/2022