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N° 2601/22 Aviso del Boletín Oficial

AGROPICHANAL S.A. - TEMPLANZA PAT S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES martes, 25 de enero de 2022

Texto del aviso

AGROPICHANAL S.A. - TEMPLANZA PAT S.A.

En los términos de los artículos 83, 88 y concordantes de la Ley General de Sociedades Agropichanal S.A. (CUIT

30-68281777-8), con domicilio en Balcarce 353, piso 1, departamento “A”, CABA, inscripta en la IGJ el 02/11/1995,

bajo el N.º 10339 del libro 117, tomo A de SA (“Agropichanal”); y Templanza Pat S.A. (CUIT 30-71734274-3), con

domicilio en 3 de Febrero 1674, piso 2, departamento “A”, CABA, inscripta en la IGJ el 21/10/2021 bajo el N.º

17725 del libro 105, tomo - de SA (“Templanza Pat”); informan que: 1. Escisión-Fusión. El 12/01/2022 celebraron

un compromiso previo de escisión-fusión, conforme fuera aprobado por reuniones de sus respectivos Directorios

y Asambleas General Extraordinarias celebradas el 12/01/2022, en virtud del cual Agropichanal, sin disolverse,

resolvió escindir parte de sus activos y pasivos para fusionarlos por absorción con Templanza Pat, como sociedad

absorbente. 2. Valuación del activo y del pasivo de las sociedades antes de la escisión-fusión, según Balances de

Situación Patrimonial Individuales Especiales de cada una de las sociedades, ambos cerrados al 30/11/2021: a)

Agropichanal: Activo $ 66.235.805,49, Pasivo $ 6.131.307,09; b) Templanza Pat: Activo cien mil pesos ($ 100.000),

Pasivo cero pesos ($ 0); 3. Valuación del activo y del pasivo que compone el patrimonio destinado a Templanza

Pat, según Balance Especial de Escisión de Agropichanal cerrado al 30/11/2021: Activo $ 26.619.954,30, Pasivo

$ 1.315.960,47; 4. Aumento de capital. Como consecuencia de esta escisión-fusión, Templanza Pat aumentó su

capital social en $ 25.303.896, elevándolo a la suma de $ 25.403.896 mediante la emisión de 25.303.896 acciones

ordinarias, escriturales, no endosables, VN $ 1, con derecho a 1 voto por acción, reformándose en consecuencia

el artículo cuarto del Estatuto Social. Las acciones fueron suscriptas por Carlos E. Cárdenas, María Pía Cárdenas

y María Agustina Cárdenas en forma proporcional a sus respectivas participaciones en Templanza Pat. Como

consecuencia y luego del aumento en Templanza Pat, Carlos E. Cárdenas devino en titular de 12.701.948 acciones,

María Pía Cárdenas de 6.350.974 acciones, y María Agustina Cárdenas de 6.350.974 acciones, todas ellas

escriturales, no endosables, VN $ 1, con derecho a 1 voto. 5. Escisión-Constitución. Agropichanal informa que

por Asamblea General Extraordinaria celebrada el 12/01/2022 se aprobó escindir una parte de su patrimonio, sin

disolverse, para destinarlo a constituir la siguiente sociedad: “Agronegocios Gimenez S.A.” Valuación del activo

y del pasivo que compone el patrimonio destinado a constituir la nueva sociedad, según Balance Especial de

Escisión cerrado al 30/11/2021: Activo $ 9.496.510,74, Pasivo $ 0. 8. Reducción de capital: como consecuencia

de la escisión-fusión y de la escisión-constitución, Agropichanal redujo su capital social en $ 6.948, a la suma de

$ 5.052, cancelando 6.948 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, VN $ 1, con derecho a 1 voto por

acción, reformándose en consecuencia el artículo cuarto del Estatuto Social. Como consecuencia, la tenencia

accionaria de Agropichanal quedó conformada de la siguiente manera: Claudio M. A. Ciancio, 5.052 acciones

ordinarias, nominativas, no endosables, VN $ 1, con derecho a 1 voto por acción. 9. Oposición: Las oposiciones

de ley para la escisión-fusión y para la escisión-constitución aquí comunicadas deberán realizarse en Balcarce

353, piso 1, depto. A, CABA. 10. Designación de Autoridades: Claudio M. A. Ciancio Director Titular y Sr. Santiago

M. Ciancio Director Suplente, quienes fijan domicilio especial en la sede social. Cesan en sus cargos los Sres.

Carlos E. Cárdenas; Tulio Martini y María Pía Cárdenas. Autorizado según instrumento privado Asambleas de

Agropichanal S.A. y Templanza Pat S.A. de fecha 12/01/2022

Luis Alberto Schenone - T°: 122 F°: 200 C.P.A.C.F.

e. 25/01/2022 N° 2601/22 v. 27/01/2022