N° 3743/22 Aviso del Boletín Oficial
VINI S.A. COMERCIAL, INMOBILIARIA, CONSTRUCTORA, INDUSTRIAL Y FINANCIERA
Texto del aviso
VINI S.A. COMERCIAL, INMOBILIARIA, CONSTRUCTORA, INDUSTRIAL Y FINANCIERA
CUIT 30-61973815-9. Por escritura 12 del 31/01/2022 Registro 1756 CABA se ha resuelto: I) Rectificar la eliminación
de la sindicatura II) Rectificar la nominatividad de las acciones en poder de los accionistas y canjear las mismas.
III) Aumentar el capital social en la suma de $ 8.000.000 mediante la emisión de 8000 acciones nominativas
no endosables con derecho a un voto y de $ 1000 valor nominal cada una. IV) Rectificar el traslado de la sede
social a Montevideo 666 Piso 8 Oficina 808 de la Ciudad de Buenos Aires. V) Designar el nuevo directorio. Se
designa a PRESIDENTE a Nicolas Vainer y DIRECTOR SUPLENTE a Luciana Vainer; quienes aceptan los cargos,
y constituyen domicilio especial en la sede social. VI) Modificar el plazo de duración de las autoridades a tres
ejercicios siendo reelegibles. V) Aprobar la adecuación del Estatuto social quedando redactado de la siguiente
manera: “…ARTICULO CUARTO: El capital social es de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000.-), dividido en
8000 acciones nominativas no endosables de PESOS MIL cada una de valor nominal, y con derecho a un voto
cada una. El capital puede aumentarse al quíntuplo por decisión de la Asamblea General ordinaria. La Asamblea
podrá delegar en el directorio la época de la emisión y las condiciones y forma de pago, en los términos de la Ley
19.550. ARTICULO QUINTO: Las acciones de los futuros aumentos de capital pueden ser al portador, nominativas,
endosables o no, escriturales, ordinarias o preferidas, según se disponga al emitirlas. Estas últimas tienen derecho
a un dividiendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme las condiciones de la emisión. Puede
también fijárseles una participación adicional en las ganancias. Las acciones preferidas carecen de voto salvo para
las materias dispuestas en el artículo 217 de la ley 19.550. … ARTICULO DÉCIMO: La dirección y administración de
la sociedad estará a cargo del directorio compuesto del número de miembros que determine la Asamblea, entre
un mínimo de uno y un máximo de cinco, con mandato por TRES EJERCICIOS. La Asamblea puede elegir igual o
menor número de suplentes, por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran y se incorporaran
al directorio por el orden de su designación. Mientras se prescinda de la Sindicatura la elección de directores
suplentes será obligatoria. El directorio sesionará con la presencia de la mitad más uno de sus miembros y resuelve
por mayoría de los presentes, en caso de empate el Presidente desempatará votando nuevamente. En su primera
reunión designará el directorio un Presidente. En garantía de sus funciones los titulares prestarán una garantía de
acuerdo a la legislación vigente. … ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: La sociedad prescinde de la Sindicatura. Los
accionistas tienen derecho a inspeccionar los libros y papeles sociales y recabar del Directorio los informes que
estimen pertinentes. Cuando la sociedad por aumento del Capital Social, estuviere comprendida en el régimen
del artículo 299 de la ley 19.550, la fiscalización de la sociedad estará a cargo de un Síndico Titular designado
por el término de UN ejercicio, por la asamblea que simultáneamente designará también un Suplente. Tendrán las
funciones establecidas en los artículos 294 y 295 de la Ley 19.550. Ambos pueden ser reelectos. En este último
supuesto los accionistas no podrán ejercer el control individual que les confiere el artículo 55 de la ley 19.550.….- “
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 12 de fecha 31/01/2022 Reg. Nº 1756
Valeria Goldman - Matrícula: 4384 C.E.C.B.A.
e. 02/02/2022 N° 3743/22 v. 02/02/2022