N° 429/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 47
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 24 - SECRETARÍA NRO. 47
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº24 Secretaria Nº47, a cargo del Dr. Horacio F.
Robledo, sito en Marcelo T.de Alvear Nº1840 P.B, C.A.B.A, comunica por 2 días en autos: “POO ALIMENTOS S.A.
s/ QUIEBRA” Expte. Nº429/2018, que el Martillero Horacio Alfredo Mason, CUIT Nº20-04403236-9, Rematará
el día 25 de Febrero de 2022 a las 11; 00 hs. en punto, en Jean Jaures Nº545 de CABA., los siguientes Bienes
Muebles: A) UNA ENVASADORA DE SOBRES DESARMADA – B) UN MOLINO FORRAJERO – C) UNA MAQUINA
TERMOCONTRAIBLE EN DESUSO y D) 300 KILOS DE BOBINAS Y ETIQUETAS EN DESUSO, todo en regular
estado de conservación. Se deja aclarado que habiéndose exhibido adecuadamente no se admitirán reclamos de
ningún tipo. Condiciones de venta: Al contado y al mejor postor. BASES: A) $ 30.000.- B) $ 20.000.- C) $ 25.000.- y
D) $ 5.000.- Debiéndose abonar la totalidad del precio más IVA 10,5% íntegramente en el acto de la Subasta,
COMISION: 10% más IVA 21%. ARANCEL: 0,25% (Acord. 10/99 y 24/00 CSJN), todo en dinero en efectivo en
el acto de la subasta. La adjudicación deberá recaer en la persona que efectivamente realice la mejor oferta. La
posesión se cumplirá dentro del quinto día de aprobada la subasta. El comprador deberá asumir al margen del
precio de venta, los gastos de traslado de los mismos, el que deberá concretarse en un plazo perentorio de diez
días, bajo apercibimiento de incluir los bienes en sucesivas ventas. Con referencia al Impuesto Valor Agregado
(IVA) en los bienes muebles a subastar se deberá agregar a las bases fijadas en los bienes el Impuesto al Valor
Agregado (IVA) del 10,5%., es decir que al precio obtenido en la subasta el comprador deberá agregar el 10,5%
de IVA. Se deja aclarado que no se aceptará la Compra en Comisión ni la Cesión del Boleto y el otorgamiento de
Poderes especiales irrevocables a favor de terceros para la posesión, escrituración, cesión, adquisición y/o venta
de bienes. Asimismo y para el caso que quien realice la última oferta lo haga en representación de un tercero
deberá acreditar tal calidad con poder especial (cfr. art. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación) y exhibir el
respectivo instrumento bajo apercibimiento de continuar con el acto de subasta y en su caso hacerlo responsable
de eventuales perjuicios que pudiera haber ocasionado su accionar. EXHIBICION: En la calle Belisario Roldán
Nº2.616 La Reja, Provincia de Buenos Aires, el día 24 de Febrero 2022 de 10,30 a 12,30 hs. El comprador deberá
constituir domicilio legal dentro del asiento del Juzgado, al tiempo de suscribir el
Boleto y bajo apercibimiento de tener por cumplidas las sucesivas notificaciones en la forma establecida por el art.
133 del mismo cuerpo legal. Conste, Bs.As. 28 de diciembre de 2021. HORACIO F. ROBLEDO Juez - SANTIAGO
MEDINA SECRETARIO
e. 07/02/2022 N° 4980/22 v. 08/02/2022