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N° 6220/22 Aviso del Boletín Oficial

NEKLAR S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 10 de febrero de 2022

Texto del aviso

NEKLAR S.A.

30-71648819-1 Asamblea 28/10/21 se designa: Presidente: Gabriel Gonzalez Sagaseta, uruguayo, comerciante,

nacido 1/3/62, DNI 92048597; Directora Suplente: Silvia Edith Sutil, argentina, abogada, DNI 14578322, nacida

11/3/61; ambos casados y domicilio real y especial Cerrito 1574 piso 16 dpto H CABA. Y se reforma Art 3º del

Estatuto Social queda así: “OBJETO.- ARTICULO TERCERO: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de

terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del exterior, las siguientes actividades

financieras a realizarse: 1) Descuento de valores en general, cheques físicos, echeq, a su orden o no, a terceros,

tanto personas humanas o jurídicas, recibir mandatos de cobranzas, su custodia bajo la figura de mandatario,

mediante cesión del valor, en cualquiera de las formas que el mercado acepta y la ley exige. Descuento de facturas

comunes, de crédito, o cualquier otro instrumento que exista a la fecha o a circular como título representativo de

compromiso de pago y/o prestación de servicios que pueda ser descontado por la parte para conseguir

financiación.- 2) Préstamos a sola firma, para uso comercial, tanto para personas humanas como jurídicas, con

garantía o sin ella, instrumentado de acuerdo con la modalidad adoptada entre las partes. 3) Préstamos de

consumo, para personas humanas, con código de descuento o sin él, con debito en CBU, tarjeta de crédito,

débito, debin, o cualquier otro medio de pago que se instrumente en el futuro.- 4) Asistir financieramente a personas

humanas, jurídicas, mutuales, cooperativas, o cualquier otra entidad que su actividad sea el préstamo, para el

desarrollo de inversiones a terceros, fondeo en general, descuento de cartera o su adquisición, de acuerdo con las

modalidades de estilo al momento de concretarse tal operación.- 5) Constitución de hipotecas, prendas, o cualquier

préstamo con garantía real, su cesión total o parcial, descuento de la misma en una entidad financiera o no, como

constituir garantías sobre la mismas ante terceros, tanto privados como públicos.- 6) Inversiones financieras en

construcción o cualquier otra actividad industrial licita, emprendimientos de todo tipo, asistir y asesorar solo en la

parte financiera, como en cualquier otro proyecto que implique en esfuerzo financiera al inversor, organizar

financieramente, renegociar pasivos, y deudas con acreedores. Desinteresar de su deuda al tercero, mediante el

pago total o parcial de crédito que posee como título ejecutable o exigible.- 7) Constitución de Fideicomisos

financieros, administración, distribución y liquidación de estos por decisión de los fiduciantes o por estar cumplido

el fin por el que se constituyó.- 8) Realizar cobros y pagos por cuenta y orden de terceros, tanto de empresas

públicas, recaudadores de impuestos, empresas particulares, personas humanas y cualquier otra institución que

delegue su cobranza a terceros.- A los efectos queda facultados a firmar y realizar cobro por cuenta de terceros

como Rapipago, Pago Fácil, Provincia Net, y toda aquella empresa existente o a constituirse de recaudación de

impuestos y servicios, quedando facultado a instrumentar los medios necesarios para realizar dichas cobranzas,

instalación de locales, uso de logos, y cualquier medio de publicidad para promocionar dicho servicio, apertura de

agencias y sucursales en general. Pagos de retiros de terceros con tarjeta de débito y/o crédito, según modalidades

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previstas por la ley, transferencias por cuenta y orden del cliente a proveedores, otros clientes, pago de servicios

en general, como ser impuestos, y cualquier otra obligación emanada de la actividad comercial, judicial, extrajudicial,

o cualquier otro tipo de inicio del compromiso a abonar, tanto sea a empresas públicas y privadas, instituciones

gubernamentales, provinciales, municipales, entre otros.- 9) Asesoramiento sobre la administración de carteras de

terceros, su compra, y posterior venta, gestión de cobro extrajudicial y judicial, realizar quitas, esperas, novaciones,

extinciones de las mismas, o cualquier figura existente o a existir sobre el tratamiento de las mismas, su

comercialización en todas las figuras existentes o a existir.- 10) Operar en la Bolsa y Mercados Argentinos (ByMA)

como comitente, en cualquiera de las figuras permitidas y a permitirse, compra venta de acciones, bonos, títulos,

cheques, valores negociales, en carácter de tomador o lanzador, colocar y/o tomar cauciones bursátiles, alquiler

de bonos, como colocador como tomador, constituirse en Alyc, o cualquier otra figura legal, final de la CNV ya sea

existente o a existir siempre y cuando la empresa reúna los requisitos exigidos para tal constitución o representación.-

11) De considerarlo oportuno se podrá solicitar autorización al Banco Central de la República Argentina, para que

de acuerdo a sus disposiciones autorice a la empresa a emitir tarjetas de créditos, de débito, participar en billeteras

virtuales como proveedor no financiero emisor de tarjeta o por la tarjeta emitida, para ello, podrá emitir su propia

marca de tarjeta, registrarla, vincularse con firmas de nombre reconocido, como Visa, MasterCard, o cualquier otra

similar, de igual, mayor o menor envergadura firmando convenios para tal fin, asociarse con bancos para la

comercialización de tales productos, en la colocación de los mismos, otorgar y fijar límites de compras, pagos

mínimos, tasas de interés reguladas para esos productos, aplicar multas, intereses compensatorios y/o punitorios

de corresponder.- 12) Asociar, adherir, vincular en cualquiera de las formas previstas a la empresa, a Pago mis

cuentas, Modo, Todo Pago, o cualquier plataforma de cobranza y/o pago, asociar los productos que la firma

comercializa, firmar convenios de cobro con estas empresas y a las nuevas plataformas que pudieren constituirse.

Constituir una plataforma nueva, participar, asociar, y vender la misma en cualquiera de sus figuras admitidas.- 13)

Asistir financieramente en expedientes judiciales, concursos de acreedores, fallidos o en proceso falencial en

cualquier estado, juicios ordinarios civiles, comerciales, ejecutivos, ejecución de garantías, en cualquier etapa de

su tramitación, subrogándose en los derechos, adquiriendo los mismos, asistir a remates inmuebles, adquirir

créditos, derechos, marcas, y cualquier otro tipo de bien que posea tanto valor material o intangible y pueda ser

realizable, ejecutar en todas las formas, realizar garantías, dar garantías, proseguir hasta la conclusión de los

mismos, financiando cada una de estas actividades a terceros, tanto humanos como jurídicas, como inversión

financiera propia, siempre la finalidad principal es obtener un beneficio patrimonial para la firma.- 14) Asistir

financieramente a terceros para ejercer el comercio exterior, tanto al importador como exportador, prefinanciando

las mismas en cualquieras de las formas previstas o a crearse, participando con capital propio al proyecto, realizar

el descuento de instrumentos financieros representativos de las importaciones o exportaciones realizadas o a

realizarse, y luego descontadas a entidades financieras, mutuales y cooperativas, o a título de inversión dejando

en cartera dichos instrumentos.- 15) Queda facultado para presentarse ante el BCRA para constituirse como

proveedor no financiero y/o operadores de cambios, y/o Casa de cambios, bajo la figura actual que rige dichas

entidades o a existir en el futuro, tanto para la compra y venta de divisas, monedas, oro, valores negociables

dentro del ámbito de la Casa de Cambio, como cheques de viajeros, venta de los mismos, giros y cobros del

exterior, y cualquier otro instrumento que el BCRA permita su comercialización dentro de la figura antes mencionada

o cualquiera a crearse dentro de ese ámbito cambiario.- 16) Cobranza de cartera morosa, mediante la compra de

esta a entidades bancarias, u otras empresas de crédito. Ejercer con los bancos cualquier tipo de inversión, como

en fondos comunes de inversión, plazos fijos, saldo de cuentas remuneradas, descuento de cartera propia, dar en

garantía instrumentos que posee la sociedad, compra y venta de valores negociables, bonos, tanto públicos como

privados, licitar letras, o cualquier instrumento que el estado Nacional, Provincial, o Municipal emita para financiarse,

como así empresas privadas calificadas, que por su trayectoria e índices de riesgo internacional, ameriten invertir

en las mismas.- 17) La apertura de cuentas recaudadores tendientes a la acreditación de las cobranzas de servicios

e impuestos descriptos en el apartado 8 en lo que respecta a Pago Fácil, Provincia Net o Bapronet, Rapipago o

cualquier otra empresa de cobranzas. Como así también para la acreditación de los fondos según el apartado

siguiente.- 18) Contratar y firmar contratos de provisión de cajeros automáticos, para el abastecimiento del dinero

para el retiro del usuario, percibiendo la correspondiente retribución por administrar el mismo. Dicho contrato

podrá ser firmado mediante la figura de compra, leasing, comodato, o cualquier otra figura existente o a existir.

Para eso queda también facultado a firmar contratos con Red Link, Banelco o cualquier plataforma de cajeros

automáticos tanto sea nacional, provincial, municipal.- Quedará facultado a contratar la construcción, instalación

de este, como su custodia, reposición del dinero todas las veces que sea necesario, mediante los medios de estilo,

contratar seguros, y su mantenimiento.- 19) Todas estas actividades podrán ser realizadas en moneda de curso

legal o toda aquella moneda que el Poder Ejecutivo, o distintos órganos Gubernamentales lo permita, y no viole

ninguna disposición al respecto, tanto vigente como a regir en el futuro.- 20) Leasing en general, sobre bienes

muebles e inmuebles, a favor de terceros, su financiación, otorgamiento, y posterior transmisión del bien cuyo

contrato dio origen al mismo.- Queda facultado también al descuento de este ante entidades bancarias, públicas

o privadas, cualquiera sea su origen.- 21) Cualquier otra actividad financiera, de origen licito, no contemplada en

el presente objeto, y que por su característica está vinculado al ámbito que desarrolla la empresa, que es el

financiero en sentido amplio, tanto con Bancos, Comisión Nacional de Valores, servicios de cobranzas y pagos,

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explotación de cajeros automáticos, judiciales en el sentido financiero, y actividades privadas, que por su extensión

no estén expresamente detalladas, y son análogas a las enunciadas, y que por su característica o desarrollo no

necesita una modificación sustancial del presente objeto social.- La Sociedad llevará adelante las operaciones y

servicios más arriba enumerados sin quedar comprendida dentro de la ley de entidades financieras”. Autorizado

según instrumento privado Asamblea de fecha 28/10/2021

ana maria valdez - Matrícula: 3697 C.E.C.B.A.

e. 10/02/2022 N° 6220/22 v. 10/02/2022