N° 7510/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23 - SECRETARÍA NRO. 46
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23 - SECRETARÍA NRO. 46
El Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Comercial N° 23, Secretaría N° 46, sito en Marcelo T. de Alvear Nº 1840,
PB, CABA, comunica por cinco días en los autos: “TINAS DEL SUR S.A. S/QUIEBRA” (Expte. Nº1.672/2014), que la
martillera Ivana Yanina BILLONE, CUIT 23-33400374-4, rematará el día 2 de marzo de 2022, a las 9,30 hs -en punto-,
en la Oficina de Subastas Judiciales ubicada en la calle Jean Jaures N° 545, CABA, el 100% de los inmuebles
propiedad de la fallida ubicados en la Loc. de San Martín de las Escobas, Pcia. de Santa Fe, compuestos por las
siguientes parcelas (fs. 4389/90): a) Nomenclatura catastral 12-04-000000 01197; Secc. PA; Manz. 0; Parc. 1197;
Lote: 1 (uno) del plano de mensura Nº173122 del 15/10/2013; Superficie: 3,6837 Ha; Dominios: Tº239 impar Fº 826
Nº64491 y Tº 239 par Fº 815 Nº 64490; b) Nomenclatura catastral: 12-04-00 000001196; Secc. PA; Manz. 0; Parc.
1196; Lote: 3 (tres) del plano de mensura Nº173122 del 15/10/2013; Superficie: 4,2136 Ha; Dominios: Tº 239 impar
Fº 826 Nº64491 y Tº 239 par Fº 815 Nº 64490; y c) Nomenclatura catastral: 12-04-00 000000202; Secc. PA; Manz.
0; Parc. 202; Lote Fracc. 2; Superficie: 1,6448 Ha; Dominio: Tº 243 impar Fº843 Nº 57640. Los inmuebles saldrán
a subasta juntamente con las cosas muebles que se encuentran en el lugar y que conforman el establecimiento
industrial de la quebrada. Las parcelas se encuentran separadas (dos dentro de la misma manzana, con un terreno
de por medio; la tercera cruzando el camino rural) y cada una de ellas presenta suelos de diferentes características.
Dos de las mismas tienen edificaciones cuya demolición fue aconsejada por la martillera, correspondientes a la
antigua edificación de la planta fabril. Una de estas dos parcelas, más la tercera faltante, están contaminadas por
los fluidos que se vertían por el tratamiento de los lácteos. Los bienes muebles y maquinarias se encuentran en
su mayoría vandalizados, desarmados y con faltantes. No existe línea de producción como tal. DESOCUPADO Y
AD-CORPUS. BASE: U$S68.181,50, o su equivalente en pesos moneda argentina, al tipo de cambio vigente, para
lo cual deberá efectuarse la conversión y mientras duren las restricciones imperantes para acceder a la compra
de esa divisa. El comprador deberá entregar los pesos suficientes conforme el tipo de cambio oficial al que pueda
acceder el particular para hacerse de la moneda extranjera en el mercado local que en el régimen vigente se
conoce como “dólar solidario” (art. 35 Ley 27.541), sin la percepción adicional del 35% a cuenta del Impuesto a las
Ganancias y Bienes Personales establecida por el Banco Central y reglamentada en la Resolución General AFIP
4815/20, ello, según el valor del día anterior al del acto de la subasta, debiendo abonarse el saldo de precio del
mismo modo, considerándose la cotización de la moneda foránea del día anterior al del depósito de ese saldo.
Venta al contado, al mejor postor y en dinero en efectivo. Seña 20%. Arancel 0,25% (Acord. 10/99 y 24/00 C.S.J.N.).
Comisión: 3%. Sellado Ley Provincial e impuesto a la transferencia, a cargo del comprador. CONDICIONES: a)
el saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.860 - Segunda Sección 77 Jueves 17 de febrero de 2022
notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 CPCC; b) se le fija al comprador el
plazo de veinte días hábiles para tomar posesión del inmueble, término que se contará desde la notificación por
nota de la providencia que lo declara adquirente definitivo. A partir del vencimiento de ese plazo o de la fecha de
toma de posesión si ésta fuere anterior, estarán a cargo del adquirente las deudas en concepto de impuestos,
tasas y contribuciones, mas no responderá por las que se hayan devengado con anterioridad a ese momento; c)
si por cualquier planteo la subasta no fuera aprobada, transcurridos 30 días desde la fecha en que se llevó a cabo
el remate, el saldo de precio devengará un interés equivalente al que fija el Banco de la Nación Argentina -tasa
activa- para sus operaciones de descuento a treinta días; d) el IVA no integra el precio obtenido en la subasta; e)
las deudas que registre el inmueble en concepto de impuestos, tasas y contribuciones de fecha anterior al decreto
de quiebra, deberán ser reclamadas por la vía correspondiente. En cuanto a las posteriores a tal fecha y hasta
que el comprador haya tomado posesión del bien, se deberá reclamar compareciendo en el presente proceso
acompañando la documentación pertinente que acredite su acreencia, previa comprobación de sus importes por
parte del síndico y serán satisfechos a tenor de lo dispuesto por el art. 244 LCQ. Con respecto a los posteriores a
la toma de posesión o a la fecha fijada para ello, serán a cargo del comprador; f) queda prohibida la compra “en
comisión”, la cesión del boleto, la compra por poder o mandato, ni la inscripción dominial por tracto abreviado;
g) los gastos de escrituración, en caso de designar el adquirente escribano, son por su cuenta y orden. Se deja
constancia que el CUIT de la fallida es 30-70963845-5. EXHIBICIÓN LIBRE. Para mayor información, consultar
al teléfono (011) 15-4195-0453 o vía internet en www.estudioquinteros.com.ar. Buenos Aires, de febrero de 2022.
Diego M. Parducci
Secretario Interino FERNANDO M. PENNACCA Juez - DIEGO M. PARDUCCI SECRETARIO
e. 16/02/2022 N° 7510/22 v. 22/02/2022