N° 5975/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42
El Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 21 a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda, Secretaría Nº 42, a mi cargo,
con domicilio en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3º, CABA, comunica por 5 días que en los autos “MAITEN
AGROPECUARIA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO”, exp. 17438/2021, en trámite por ante dicho Tribunal, con
fecha 01/12/2021 se decretó la apertura en concurso preventivo de MAITEN AGROPECUARIA S.A. C.U.I.T. 30-
70841878-8. Ha sido designada la síndico Carmen Beatriz Santa María, quedando habilitada a recibir documentación
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.865 - Segunda Sección 59 Jueves 24 de febrero de 2022
en el domicilio denunciado (Lavalleja 576, piso 5 to. “A ”, teléfonos 1 1 6 524 9204 y 154 176 9079) , horario
de atención de lunes a jueves de 12 a 17 hs, mail: cb.santamaria@yahoo.com.ar., y ante quien los acreedores
deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus créditos hasta el
01/04/2022 de la siguiente manera: A) Acreedores con asistencia letrada: deberán canalizar sus insinuaciones ante
el síndico por vía remota en el incidente de consulta “MAITEN AGROPECUARIA S.A. s/CONCURSO PREVENTIVO
S/INCIDENTE DE CONSULTA” (Expte. N° COM 17438/2021/1), debiendo en tal caso omitir incluso la presentación
de la documentación en formato papel, sin perjuicio de que la misma pudiera serle requerida por el síndico o el
Juzgado en la eventualidad de estimarlo menester, y que una vez superada la pandemia sean citados a efectos de
intervenir el soporte documental. Además, se ha de requerir a los mismos que identifiquen en el cuerpo del escrito
firmado por el insinuante, la descripción detallada de todos los adjuntos acompañados, así como la documentación
fundante de su pretensión, y el comprobante del pago del arancel, y como título del escrito deberán indicar
“SOLICITUD DE VERIFICACION” acompañado del apellido del pretenso acreedor. La carga deberá realizarse
conforme lo dispuesto por la Ac. 4/20 y Ac. 31/20 y deberán enviar un correo electrónico dando cuenta a la
sindicatura de la presentación realizada; pudiendo solo en la eventualidad de optar por la vía presencial el requerir
turno al efecto al correo electrónico a la sindicatura supra mencionado. B) Acreedores sin asistencia letrada:
deberán concurrir personalmente o concretar la insinuación a través de un tercero a quien autoricen al efecto, el
cual deberá ser debidamente identificado, y presentar su documento de identidad para corroborar su condición.
En cuanto a la modalidad del comparendo, necesariamente habrá de ser concretada cita en forma previa a la casilla
de correo electrónico de la sindicatura y una vez concedida deberá apersonarse el individuo habilitado a través
del pedido, y acatar el protocolo establecido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que le habrá
de ser remitido a su casilla junto con la asignación de día y hora para presentarse munido de la documentación
y demás presupuestos inherentes a la solicitud de verificación a la luz de lo estatuido por el art. 32 LCQ. Se deja
constancia que será común a todos los insinuantes el deber de aportar además de la información habitual un
correo electrónico y un teléfono de contacto. El informe individual del síndico deberá presentarse el 16/05/22, y el
general el 29/06/22. Se designa el 15/12/22 a las 9.00 hs. a efectos de realizar audiencia informativa (art. 14 inc. 10
LC.), la que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Tribunal. Se hace saber que el período de exclusividad
vence el 22/12/22. Ciudad Autónoma de Bs. As., 23/12/2021. GUILLERMO CARREIRA GONZALEZ. SECRETARIO
GERMAN PAEZ CASTAÑEDA Juez - GUILLERMO CARREIRA GONZALEZ SECRETARIO
e. 24/02/2022 N° 5975/22 v. 04/03/2022