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N° 21795/2019 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 61

Edictos Judiciales jueves, 3 de marzo de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 61

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 31, a cargo de la Dra. Vivian Fernández Garello,

Secretaría Nº 61, a cargo de la Dra. Aimara Di Nardo, sito en Montevideo 546, piso 7°, C.A.B.A., comunica por

cinco días en los autos “VID-PRO S.R.L S/ QUIEBRA” (EXPTE. Nº21795/2019), que con fecha 14 DE FEBRERO

DE 2022 se decretó la quiebra de VID-PRO S.R.L., inscripta en la IGJ el 18/04/1997 bajo n° 2532 Libro 106 Tomo

de Sociedades De Responsabilidad Limitada con domicilio social sito en Alejandro Mohr 2344 piso 1ro. C.A.B.A.,

CUIT 30692173577. Los acreedores deberán concurrir a verificar hasta el día 05/05/2022 (art. 32 LCQ) ante el

Síndico LEANDRO NAHUEL LA TORRE. De acuerdo a lo dispuesto por la C.S.J.N. en la Ac. 31/20: a. El pretenso

acreedor no deberá aportar los dos juegos de copias en papel, debiendo enviar las copias de manera digital

en formato PDF a la dirección de correo electrónico: concursosyquiebras@estudiolatorre.com.ar poniendo en el

asunto el nombre de la quiebra. En el escrito de presentación, el pretenso acreedor deberá consignar claramente:

*Nombre y apellido; *Domicilio real y constituido; *Domicilio electrónico (si lo tuviere); *Teléfono; *Correo electrónico;

*CBU de la cuenta bancaria donde se le deberían depositar las posibles distribuciones de fondos; *Todo otro

dato útil que permita la comunicación con el acreedor. Los archivos se transferirán en formato PDF y conforme

lo estipula el protocolo de actuación de la Acordada nº 31/2020 de la CSJN para los escritos judiciales que se

aplica por analogía para la presentación tempestiva de créditos. El pago del arancel, en el caso de corresponder,

deberá efectuarse mediante transferencia electrónica a Lisandro Nahuel La Torre, CUIT: 20310491501, Banco

SANTANDER, Cuenta única en pesos 033363506/9, CBU0720033588000036350690, Alias HUEVO.ARMADA.

COCHE a nombre de LEANDRO NAHUEL LA TORRE Cuit 20310491501. El plazo para formular impugnaciones y

observaciones ante el síndico vence el día 19/05/2022, las que podrán ser contestadas hasta el día 03/06/2022.

A los efectos del art. 34 de la LCQ, para el caso que alguno de los pretensos acreedores o la fallida requieran ver

los legajos de otros acreedores con la finalidad de efectuar impugnaciones, deberán requerir a la sindicatura por

correo electrónico los legajos, los que serán enviados para ello por mail. En caso de que el interesado pretenda

realizar las impugnaciones previstas por el art. 34 de la LCQ, deberán efectuarlas también mediante envío de las

mismas por correo electrónico en formato PDF. El informe individual (art. 35 LCQ) será presentado por el síndico el

día 21/06/2022. La resolución judicial relativa a los alcances y procedencia de los créditos insinuados (art. 36 LCQ)

será dictada a más tardar el día 05/07/2022. El informe general será presentado por el síndico el día 16/08/2022

(art. 39 LCQ). Intímase a la fallida para que dentro de las 24 horas entregue al síndico los libros de comercio y

demás documentación relacionada con la contabilidad. Prohíbese a los terceros hacer pagos a la fallida, los que

serán ineficaces. Intímase a la fallida y administradores para que dentro de las 48 horas, constituyan domicilio en

jurisdicción del Tribunal, bajo apercibimiento de notificar las sucesivas resoluciones por el art. 133 CPCC (art. 41

CPCC). Publíquense edictos por cinco días en el “BOLETÍN OFICIAL”. Buenos Aires, FEBRERO DE 2022. VIVIAN

FERNANDEZ GARELLO Juez - AIMARA DI NARDO SECRETARIA

e. 02/03/2022 N° 10846/22 v. 08/03/2022