N° 11043/22 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr.
FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días,
de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 42, de fecha 31 mayo de 2021, en la causa caratulada: “KREWER RAMOS,
CLEOMAR Y OTROS s/Infracción Ley 23.737 (Art. 5 inc. b), Infracción Ley 23.737 (Art. 5 inc. c), Infracción Ley
23.737 (Art. 5 inc. d), Infracción Ley 23.737 (Art. 10), Infracción Ley 23.737 (Art. 11 inc. c) y Asociación Ilícita”, Expte.
Nº FCT 34021792/2012/TO1, respecto de: MARÍA FERNANDA MIÑO, de nacionalidad argentina; DNI N° 36.619.489;
nacida el 24 de febrero de 1992 en la localidad de Mercedes, Provincia de Corrientes; de estado civil soltera,
en concubinato con Miguel Antonio Insaurralde; hija de Blanca Dolores Luque (f) y Fernando Sebastián Miño;
estudios secundarios completos; de ocupación empleada de comercio y vendedora ambulante; con domicilio
en 120 Viviendas, Antonio Arzuaga Nº 2269 de la ciudad de Mercedes, Provincia de Corrientes; la que dispone:
S E N T E N C I A CORRIENTES, 31 de mayo de 2021.- Nº 42 Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el
Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) HABILITAR DÍAS Y HORAS (Ac. Ext. 17/21 TOF Ctes.).- 2º) DECLARAR
formalmente admisible el Juicio Abreviado (art. 431bis CPPN). 3º) … 4º) … 5º) CONDENAR a MARÍA FERNANDA
MIÑO, DNI N° 36.619.489, ya filiada en autos, a la PENA de CUATRO (4) AÑOS de prisión, como autora penalmente
responsable del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio (art. 5 inc. “c” de la Ley 23.737),
y multa de pesos Cinco mil ($ 5.000.-) la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta (30) días de quedar
firme la presente, y costas (Arts. 40, 41 y 45 del CP, y 530, 531 y 533 del CPPN).- 6º) … 7º) … 8º) … 9º) … 10º)
… 11º) … 12º) … 13º) … 14º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar las demás comunicaciones
correspondientes y una vez firme la presente practicar por Secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando
la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN), y oportunamente archivar. Fdo: Dra. Lucrecia M. Rojas de
Badaró. Juez de Cámara. Dr. Víctor Antonio Alonso. Juez de Cámara. Dr. Fermín Amado Ceroleni. Juez de Cámara.
Ante mí. Dr. Mario Aníbal Monti. Secretario de Cámara. DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN
AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL
e. 03/03/2022 N° 11043/22 v. 09/03/2022