N° 33955/2019 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 17, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3° piso CABA,
a cargo del Dr. Federico A. Güerri, Secretaría Nro. 34, a mi cargo, hace saber, por el término de cinco días, que el
18.02.2022 se decretó la quiebra de BDATA S.A. (CUIT N° 33- 71443888-9), expediente N° 33955/2019. El síndico
designado es el Cdr. Alejandro Javier Laserna, con domicilio electrónico 20252564986 y domicilio procesal en la
calle Marcelo T. de Alvear 1261 3ro. Of. 51, CABA (Mail: ajlaserna@hotmail.com).Hágase saber a los acreedores
que deberán solicitar ante la sindicatura, la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de los
mismos antes del 27.04.2022. Se deja constancia que los pedidos verificatorios deberán ser remitidos mediante
correo electrónico a ajlaserna@hotmail.com en formato PDF; Los aludidos instrumentos deberán ser suscriptos
con firma electrónica o digital, o bien -llegado el caso- ológrafa previamente impuesta sobre las piezas en cuestión,
haciendo saber que la totalidad de las piezas que se envíen tendrán el carácter de declaración jurada, con todas
las consecuencias que ello implica. La fecha del envío del correo electrónico pertinente, valdrá como fecha de
presentación de la insinuación verificatoria. Para el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago del arancel
previsto en la LCQ 32 deberá adjuntar también el comprobante de pago correspondiente. Para su pago, deberá
realizarse mediante transferencia bancaria a la cuenta denunciada en autos. A los fines de garantizar el derecho
impugnatorio reglado por el art. 34 y art. 200 de la ley 24.522, los interesados podrán requerir copia de los legajos
formados con las distintas insinuaciones a la casilla de e-mail del funcionario concursal y, en caso de formular
observaciones, deberán atenerse -a los fines de su presentación- a las modalidades precedentemente dispuestas.
El 10.06.2022 y el 9.08.2022 se presentarán los informes previstos en los arts. 35 y 39 L.C.Q. Intimar al fallido y a
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.875 - Segunda Sección 92 Miércoles 9 de marzo de 2022
terceros para que entreguen al síndico, los bienes de aquél, prohibir la realización de pagos al mismo, los cuales
serán ineficaces. Intimar al deudor para que cumpla con el art. 86 LCQ y para que dentro de las 24 hs. del auto
de quiebra entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.
FERNANDO DELGADO SECRETARIO
e. 04/03/2022 N° 11616/22 v. 10/03/2022