N° 11037/22 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes,
Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco
(5) días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 01, de fecha 01 febrero de 2022, sentencia en la causa Nº FCT
308/2021/TO1, caratulada: “PAZ, Miguel Ángel y Otra S/ Infracción Ley 23.737” -UNIPERSONAL-, respecto de:
MIGUEL ÁNGEL PAZ, D.N.I. Nº 35.741.572, Argentino, de 45 años, nacido el 07 de febrero de 1972 en la ciudad de
Santiago del Estero, capital de la provincia homónima, soltero (en concubinato y padre de un hijo menor), instruido,
mecánico, con actual domicilio en la avenida Carlos Menen Junior S/N, de la localidad de San Bernardo, provincia
del Chaco; hijo de Ramón Pablo Paz (f) y de Carmen Abdala (f); actualmente se halla cumpliendo detención en el
domicilio consignado; Nº 01 S E N T E N C I A Corrientes, 01 de febrero de 2022.- Y VISTOS: Por los fundamentos
precedentes; RESUELVO: 1º) DECLARAR formalmente admisible la solicitud de aplicación del Juicio Abreviado
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.875 - Segunda Sección 86 Miércoles 9 de marzo de 2022
(artículo 431bis C.P.P.N.) formalizada por las partes. 2º) CONDENAR a MIGUEL ÁNGEL PAZ, D.N.I. Nº 35.741.572,
a la pena de cuatro (4) años de prisión, y multa de pesos ocho mil ($ 8.000,00) la que deberá hacerse efectiva
dentro del término de treinta (30) días de quedar firme este pronunciamiento, más accesorias legales, como autor
penalmente responsable del delito de “transporte de estupefacientes” previsto y reprimido por el artículo 5 inciso
c) de la Ley 23.737, más accesorias legales y costas (arts. 40, 41 y 45 del Código Penal, y art. 530, 531 y ccs.
del CPPN).- 3º) … 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) … 10º) REGISTRAR, protocolizar, publicar, notificar a los
imputados con copia de la presente Sentencia y practicar el cómputo de pena fijando la fecha de su vencimiento
(art. 493 C.P.P.N.), cursar las comunicaciones correspondientes y oportunamente ARCHIVAR.- VICTOR ALONSO
GONZALEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: JOSE ALFREDO RACH, SECRETARIO DE JUZGADO.- DR. FERMIN
AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL
e. 03/03/2022 N° 11037/22 v. 09/03/2022