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N° 13160/22 Aviso del Boletín Oficial

EXERCITUS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 10 de marzo de 2022

Texto del aviso

EXERCITUS S.R.L.

30716565293. Conforme Res. IGJ 03/2020 y 10/2021, por Contrato de Cesión de Cuotas del 20/12/2021, Tais

Adriana IBARRA cede 250 cuotas a Alcides Omar FERREYRA, y 2.250 cuotas a Matías Fernando FERREYRA

RAMIREZ; el capital social es de $ 50.000, dividido en 5.000 cuotas de $ 10, perteneciendo a Alcides Omar

FERREYRA 250 cuotas (5%), y Matías Fernando FERREYRA RAMIREZ 4750 cuotas (95%). Renuncia a la Gerencia

Tais Adriana IBARRA, y continúa el ya designado e inscripto Matías Fernando FERREYRA RAMIREZ. Se Reforma

Cláusula Tercera del Contrato Social, que pasa a ser “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto realizar

por cuenta propia o de terceros, o asociada a ellos, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: servicios

de vigilancia y protección de personas; transportes, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito

a excepción del transporte de caudales; vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos,

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.876 - Segunda Sección 21 Jueves 10 de marzo de 2022

locales bailables y otros eventos y reuniones análogas; comercialización, importación y exportación de elementos

de seguridad, ya sean cámaras, sensores, circuitos cerrados, y sus accesorios, componentes, y herramientas para

su confección y ensamblado, así como toda prenda referente a la actividad; instalación y operación de sistema de

alarmas; actividades de prevención y acción contra el fuego; prestar servicios como agencia de investigaciones,

pudiendo realizar averiguaciones de orden civil y comercial, solvencia de personas y entidades, seguimientos y

búsqueda de personas y domicilios; la prestación de servicios de telecomunicaciones e investigaciones privadas

exclusivamente en los ámbitos civil, comercial y laboral; seguimiento y localización de vehículos por medios

electrónicos; y todas aquellas tareas vinculadas a las actividades enunciadas que no sean contrarias a las leyes.

Cuando por razón de la materia o por imposición de normas vigentes, sea necesaria la intervención de profesionales

matriculados y/o habilitados, estos deberán ser contratados por la Sociedad. A tales fines la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos

por las leyes o por este Estatuto.” Autorizado según instrumento privado Contrato de fecha 20/12/2021

IGNACIO ARNAL AGUILAR - T°: 131 F°: 436 C.P.A.C.F.

e. 10/03/2022 N° 13160/22 v. 10/03/2022