N° 12149/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL - VILLA MARÍA - CÓRDOBA
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL - VILLA MARÍA - CÓRDOBA
El Juzgado Federal de la ciudad de Villa María, provincia de Córdoba, a cargo del Dr. Roque Ramón REBAK, en el
marco de las actuaciones caratuladas: “IMPUTADO: FUSTENI, JONATHAN GABRIEL s/VIOLACION DE MEDIDAS-
PROPAGACION EPIDEMIA (ART. 205) ” (Expte. N° FCB 4416/2020), que tramitan ante este Tribunal, Secretaría Penal
a cargo del Dr. Facundo SADI, ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el término de cinco (05) días
(Cfme. Art. 150 del C.P.P.N.), a fin de NOTIFICAR a Jonathan Gabriel FUSTENI, D.N.I. N° 41.153.378, lo resuelto por
la Excma. Cámara Federal de Córdoba – Sala “A” con fecha 04/02/2022 y lo dispuesto por este Tribunal con fecha
23/02/2022 cuya partes pertinentes se transcriben a continuación: “Córdoba, 04 de febrero de 2022. Y VISTOS:
(...) Y CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: I.- No hacer lugar al planteo de nulidad de las actas de procedimiento
labradas con fecha 22 y 29 de marzo de 2020 efectuado por la Defensora Público Oficial, de conformidad a lo
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.877 - Segunda Sección 73 Viernes 11 de marzo de 2022
establecido en los arts. 138 y 139 del CPPN. II.- Confirmar la resolución dictada con fecha 23 de junio de 2021
por el señor Juez Federal Nº de Villa María en cuanto resolvió dictar el procesamiento sin prisión preventiva de
Jonathan Gabriel Fusteni (DNI 41.153.378) como presunto autor del delito establecido en el art. 205 del C. Penal;
como así también el embargo dispuesto en la mentada resolución, por las razones dadas. III.- Sin costas (arts. 530
y 531 del CPPN). IV.- Regístrese y hágase saber. Cumplimentado, publíquese y bajen”. FDO. Graciela S. MONTESI
(Juez de Cámara), Eduardo AVALOS (Juez de Cámara) y Celina LAJE ANAYA (Secretaria de Cámara). “Villa María,
23 de febrero del 2022. I.- Téngase por recibida la presente causa, la cual fuera remitida a esta sede por parte de
la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. Notifíquese a las partes. (…) ”. FDO. Roque Ramón REBAK
(Juez Federal) y Facundo SADI (Secretario Federal). Villa María, 04 de marzo de 2022.- ROQUE RAMON REBAK
Juez - FACUNDO SADI SECRETARIO FEDERAL
e. 07/03/2022 N° 12149/22 v. 11/03/2022