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N° 14634/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 22 - SECRETARÍA NRO. 43

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES miércoles, 16 de marzo de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 22 - SECRETARÍA NRO. 43

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22, Secretaría Nº 43, sito en Marcelo T. de Alvear

1840, Piso 3º de esta Capital comunica por DOS DIAS que en los autos caratulados: “Sociedad Española de

Beneficencia s/ Quiebra s/ Incidente de Venta Cochabamba 3887 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, Expte.

100344/ 2002/ 57, que la Martillera Paula Cecilia Andreoli Galati (CUIT 27-31507407-5) rematará el 22 de marzo

de 2022 a las 10:00 hs. en punto, en Jean Jaures 545 de esta Ciudad, el inmueble de calle Cochabamba N° 3887,

Ciudad de Buenos Aires, Nomenc. Catastral: Circunsc. 6, Secc. 36, Manzana 91, Parcela 27, Matrícula 6-4982.

En terreno de 8,66 mts de frente y superficie aprox de 174mts2, consta de cocina, living comedor, baño, planta

superior habitación y terraza; al fondo patio, 2 habitaciones, baño y cocina. A reciclar. Desocupado. Condiciones

de venta: en efectivo, al contado y mejor postor. Base: U$S 205.016. SEÑA: 30%. COMISION: 3%. SELLADO DE

LEY. ARANCEL: 0,25% a cargo del comprador (Acord. 10/99 C.S.J.N.). TODO EN EFECTIVO Y EN EL ACTO DEL

REMATE. El pago del precio de venta (seña y saldo de precio) podrá ser realizado en dólares estadounidenses

o bien en moneda de curso legal, pero tomando como tipo de cambio o cotización el llamado dólar MEP del día

anterior al depósito del precio o depósito de la suma adeudada. El comprador deberá constituir domicilio dentro

del radio del Tribunal y el saldo de precio deberá depositarlo dentro del quinto día de aprobada la subasta en el

Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Suc. Tribunales como perteneciente a los presentes obrados, sin necesidad

de notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 580 CPCCN, aún si se hubiera planteado

cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta. Queda prohibida la compra en comisión, así como la

ulterior cesión del boleto que se extienda. Serán admitidas ofertas bajo sobre hasta dos días antes de la fecha

designada para la subasta, venciendo dicho plazo a las 11 hs. de ese día. El Actuario procederá a la apertura de

los sobres el día anterior al fijado para la subasta a las 12 hs. en presencia obligatoria del martillero y síndico.

La oferta más alta servirá de base para la puja. Habiéndose ordenado publicitar debidamente la subasta, no se

admitirán reclamos sobre el estado físico o jurídico. Los gastos que por cualquier tipo irrogue la toma de posesión

del inmueble y su escrituración, el desmontaje y retiro de objetos extraños que pudiera haber en dicho lugar

correrá por cuenta y riesgos del adquirente, sin asumir la quiebra responsabilidad alguna. Las deudas posteriores

a la toma de posesión del inmueble a subastar se encuentran a cargo del adquirente, las deudas anteriores deben

ser materia de reclamo en autos por vía verificatoria (las devengadas hasta la decisión de quiebra de la deudora)

y las originadas entre dicha fecha y la de posesión por la adquirente gozan de la preferencia del art. 240 LC, con

el alcance que fija el art. 244 de la ley citada. Se hará entrega del inmueble al adquirente dentro del décimo día de

haber abonado el saldo de precio. Vencido dicho plazo, la quiebra no se hará cargo de ningún gasto, impuesto,

gravamen, tasa, etc. ocurridos desde esa fecha. Para concurrir al remate el público previamente deberá inscribirse

a través de la web del Alto Tribunal: http://www.csjn.gov.ar, ingresando al link Oficina de Subastas-Trámites: turnos

registro y deberá presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 PB CABA con el formulario que indica

el sitio aludido. CUIT de la fallida: 30-54587609-0.- Demás datos consultar en el Tribunal. EXHIBICION: 18 y

21 de marzo de 10 a 12 hs. C.A.B.A. 8 de marzo de 2022.- MARGARITA R. BRAGA Juez - MARIANA MACEDO

ALBORNOZ SECRETARIA

e. 15/03/2022 N° 14634/22 v. 16/03/2022