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N° 17327/22 Aviso del Boletín Oficial

SANTA LUCIA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 23 de marzo de 2022

Texto del aviso

SANTA LUCIA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS

30-66319193-0 - Por escritura Nº 60 Fº 222 del 10/03/2022, se Protocolizó: acta de Directorio 338 del 30/09/2020, y

Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas Nº 47 del 30/10/2020 junto con su Acta de asistencia, por

las que se aumenta le capital social a la suma de $ 15.760.000.- SUSCRIPTO E INTEGRADO: SANTA LUCIA S.A.

COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS: 2.700 Acciones Ordinarias Nominativas No endosables de Valor

Nominal $ 100 cada una con Derecho a un Voto por Acción. Y 139.144 Acciones Preferidas, Nominativas, No

endosables SIN derecho a Voto, con una preferencia del 15% de la cuota de liquidación; e IRIS ASSISTANCE SL:

300 Acciones Ordinarias Nominativas No endosables de Valor Nominal $ 100 cada una con Derecho a un Voto

por Acción. Y 15.456 Acciones Preferidas, Nominativas, No endosables SIN derecho a Voto, con una preferencia

del 15% de la cuota de liquidación.- Se REFORMA el ARTICULO TERCERO a saber: “Artículo Tercero - Capital

social, Acciones. El Capital Social se fija en quince millones setecientos sesenta mil pesos y se representa en tres

mil acciones ordinarias nominativas no endosables con derecho a un voto por acción y ciento cincuenta y cuatro

mil seiscientas acciones preferidas sin voto, de valor nominal cien pesos cada una. El Capital puede aumentarse

al quíntuplo por decisión de la Asamblea Ordinaria, mediante la emisión de acciones con preferencia patrimonial

y sin derecho a voto, salvo las previsiones legales (artículos 217, 244 y concordantes de la Ley de Sociedades),

emisión que la Asamblea podrá delegar en el Directorio en los términos del artículo 188 de la Ley General de

Sociedades N° 19.550. Los títulos representativos de acciones y los certificados provisionales contendrán las

menciones previstas en los artículos 211 y 212 de la Ley 19.550 de Sociedades. En caso de mora en la integración

de las acciones, el Directorio podrá elegir cualquiera de los procedimientos del artículo 193 de la Ley N° 19.550.”

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 60 de fecha 10/03/2022 Reg. Nº 2130

maria constanza palleiro - Matrícula: 4991 C.E.C.B.A.

e. 23/03/2022 N° 17327/22 v. 23/03/2022