N° 19637/22 Aviso del Boletín Oficial
INFINITY AIRPORT SERVICES S.A.
Texto del aviso
INFINITY AIRPORT SERVICES S.A.
RECTIFICA NRO 15247/22 16/03/2022. ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar las siguientes
actividades: I) Celebrar contratos de seguridad, vigilancia, servicios aeroportuarios, portuarios en general, con
empresas que tengan fines en lo comercial, industrial, civil o privado, financiero, agropecuario, con el Estado
Nacional, Provincias, Municipios, con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con Organismos de seguridad
nacional, y todo otro ente o actividad que requiera de la seguridad y/o vigilancia y/o custodia. Realizar servicios en
el ámbito aeroportuario en general, control de acceso a bordo, seguridad en rampa, seguridad en cargas, check
in, operaciones, lost & found, registro de vuelo, ATA, sistema maria, cargas, mantenimientos en general, permisos
de rutas, transporte terrestre por sí o por medio de terceros para traslado de tripulación, pasajeros y equipajes.
traslados de personas dentro de aeropuertos, acompañamiento de menores, alquiler de sillas para discapacitados,
carritos, incluyendo limpieza y demás servicios aeroportuarios y conexos, suministros a aeronaves, excluidos
combustibles y lubricantes, comprende entre otros, energía, aire, agua y comunicaciones; y, todo abastecimiento
de suministros relacionados con dichas tareas. Toda otra actividad o servicio similar, coadyudante o accesorio a las
prestaciones mencionadas precedentemente. Realizar importación de equipos en general, incluyendo equipos de
seguridad, de rayos x, de vigilancia electrónica, de monitoreo, detectores. Podrá organizar, impartir y participar en
cursos de Capacitación en seguridad en general, para y con cualquier ente que lo requiera y vigiladores, empresas
privadas, personal jerárquicos, cursos de seguridad aeroportuaria en general y todas las tareas relacionadas al
ámbito aeroportuario”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 14 de fecha 03/03/2022 Reg. Nº 1848
Maria Emilia Ferraro - T°: 98 F°: 959 C.P.A.C.F.
e. 31/03/2022 N° 19637/22 v. 31/03/2022