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N° 18384/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 49 - SECRETARÍA ÚNICA

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES jueves, 31 de marzo de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 49 - SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 49, sito en la calle Uruguay 714 Piso 7 de esta Ciudad, a cargo

de la Dra. Viviana Silvia Torello, secretaría interinamente a mi cargo, comunica que en los autos: “TAXCO S.A.C.I.F.I.A

C/ VIERA VICTOR FABIAN S/ Ejecución de Alquileres”, (Expte. Nº 42.943/2013) se ha dispuesto la venta en pública

subasta del inmueble sito en Lote 17 de la Manzana 121 con frente a la calle Mendoza 3639 de la Localidad de

CLAYPOLE, BARRIO SANTA CLARA, PARTIDO de ALMIRANTE BROWN, PROVINCIA de BUENOS AIRES (Nom.

Catastral: C. III, Sec. 1, Manz. 121, P. 17) partida inmobiliaria 003-093355-9 la que se realizará en la Oficina de

Subastas sita en JEAN JAURES 545 de CAPITAL FEDERAL, el día 18 de Abril de 2022 a las 11:30 Hs, dia de

EXHIBICIÓN: 13 de Abril de 10 a 14 Hs, por intermedio del Martillero Julio Norberto Melnitzky, en las siguientes

condiciones: Base: $ 1.890.000.-, dispuesta a Fs. 213, ad corpus, al contado, al mejor postor y en dinero en

efectivo, seña 30%, comisión 3%, Sellado 1,2% y Arancel Acordada 10/99 CSJN 0,25% en el acto del remate y

a cargo del comprador. El inmueble posee las siguientes características: Es una vivienda con dos dormitorios,

un baño y una cocina, y un jardín amplio, los ambientes se encuentran algo deteriorados, con algunas roturas, la

construcción tiene una antiguedad mayor a 20 años, se halla ocupada por la Sra. IRMA ADRIANA COTO con DNI

31.101.398, en carácter de cuidadora de la vivienda. La constatación del bien surge de (Fs. 204/210). DEUDAS:

ARBA: $ 6.295,50.- (Fs. 189/190); AYSA: El partido en cuestión no se halla en predio servido por la empresa (Fs.

122), ABSA: No abona servicio (Fs. 186) Municipalidad de Almirante Brown $ 147,55.- (Fs. 125). El adquirente en

subasta judicial no afronta las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas

antes de la toma de posesión cuando el monto obtenido en la subasta no alcanzare para solventarlas. No cabe una

solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen

de la ley 13.512. (Fallo “Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra, Roberto Isaac s/ ejecución hipotecaria- Ejecutivo”)

Se hace saber que solamente se podrán ceder los derechos derivados de la compraventa en remate una vez

abonado el saldo de precio y adquirida la tradición por parte del comprador, debiendo instrumentarse en acto

jurídico mediante escritura pública. El comprador deberá constituir domicilio en la jurisdicción del Juzgado, bajo

apercibimiento de lo dispuesto en los Arts. 41 y 517 del Código Procesal y depositar dentro del quinto día de

aprobado el remate el saldo de precio en el Banco de la Nación Argentina, Suc. Tribunales, en la cuenta de autos

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.891 - Segunda Sección 119 Jueves 31 de marzo de 2022

y a la orden del Juzgado, bajo apercibimiento de ser declarado postor remiso (art. 584 del Código Procesal); para

el supuesto que se plantease la nulidad de la subasta el comprador deberá dentro del mismo plazo depositar

a embargo el saldo del precio bajo apercibimiento de celebrarse nueva subasta. Publíquese por dos días en el

Boletín Oficial.- Buenos Aires, de Marzo de 2022 .- -

VIVIANA SILVIA TORELLO Juez - ALEJANDRO OSCAR GONZALEZ SECRETARIO INTERINO

e. 30/03/2022 N° 18384/22 v. 31/03/2022