N° 22084/22 Aviso del Boletín Oficial
FIDEZ GROUP S.R.L.
Texto del aviso
FIDEZ GROUP S.R.L.
Por escritura 196 del 31/03/2022, Reg. 2084.CABA, Martín DAVICINO, divorciado, nacido 20 de mayo de 1975, DNI
24.691.770 y CUIT 20-24691770-2. Posee 500 cuotas de $ 10, Capital $ 5000; y Horacio Miguel LUCHIA PUIG,
casado, nacido el 24 de marzo de 1972, DNI 22.654.564, Posee 9500 cuotas de $ 10, Capital $ 95.000. Ambos
domiciliados en la calle Esmeralda 1320, piso 1°, departamento “A” CABA. argentinos, abogados. Constituyen
“FIDEZ GROUP S.R.L.”. Por 30 años. Objeto: Objeto. La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes
actividades por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros dentro de la República Argentina y/o en
el extranjero: (i) Fiduciario: La Sociedad podrá ejercer la actividad de “Fiduciante”, “Fiduciario”, “Beneficiario”
o “Fideicomisario” según las previsiones del Código Civil y Comercial de la Nación, legislación modificatoria y
demás disposiciones normativas relativas a la actividad fiduciaria. A tal efecto podrá realizar negocios fiduciarios
típicos, atípicos, innominados y puros, de los más diversos objetos, así como ejercer toda clase de mandatos,
representaciones y administraciones en general con la mayor amplitud, pudiendo adquirir, enajenar, ceder y/o
transferir la propiedad fiduciaria de cualquier tipo de bienes muebles e inmuebles, así como de créditos y/o
derechos incluyendo, sin limitación, créditos hipotecarios. Podrá participar de Fideicomisos Financieros y actuar
como “Fiduciario Financiero”, con las más amplias facultades otorgadas por la ley y los contratos correspondientes,
debiendo tramitar las autorizaciones y registros ante las autoridades competentes, cuando ello fuere necesario.
(ii) Inmobiliario: Asimismo, la Sociedad podrá llevar a cabo toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo
compraventa, permuta, cesión, alquiler, arrendamiento de propiedades inmueble, ya sea urbanos o rurales,
inclusive las comprendidas bajo el régimen de Propiedad Horizontal. Podrá dedicarse al desarrollo de proyectos
inmobiliarios y hoteleros, a la administración y gerenciamiento de propiedades inmuebles, desarrollos inmobiliarios
y/u hoteleros, incluyendo clubes de campo y barrios cerrados, propios o de terceros; así como conceder créditos
para la financiación de la compraventa de bienes pagaderos a cuotas o a término, préstamos personales con garantía
o sin ella; realizar operaciones de créditos hipotecarios, mediante recursos propios, otorgar préstamos a intereses,
y financiaciones, y créditos en general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin
ellas, con fondos propios; comprar vender y realizar todo tipo de operaciones con títulos, acciones, obligaciones,
debentures, y cualquier otro valor mobiliario en general, sean nacionales o extranjeros, por cuenta propia o de
terceros; realizar inversiones o aporte de capital en sociedades. Quedan excluidas las operaciones de la Ley de
Entidades Financieras y toda aquella que requiera el concurso del ahorro público. (iii) Inversión: La Sociedad podrá
tomar participaciones en otras sociedades, mediante la compra, venta, permuta, canje, al contado o a plazos,
de acciones, obligaciones negociables u otra clase de títulos o aportes de capital a sociedades constituidas
o a constituirse; el aporte de capitales, inversiones, bienes y especies a particulares, empresas constituidas o
a constituirse, para negocios en curso o a realizarse, como asimismo la compra, venta o permuta de títulos,
acciones, debentures, obligaciones negociables y de toda clase de títulos y valores, constitución y transferencia
de mutuos, con o sin hipotecas u otras garantías reales o personales, otorgamiento de créditos y financiaciones
en general; otorgar todo tipo de garantías, reales o personales, a favor de terceros, para garantizar deudas propias
y/o de terceros; no podrá realizar las operaciones previstas en la Ley de Entidades Financieras, ni cualesquiera
otras que requieran autorización estatal específica, cuando no contara con dicha autorización. En todos los casos
en que las actividades que se ejerzan requieran poseer título profesional habilitante, no podrán ser cumplidas
dichas actividades sino por quienes posean título habilitante suficiente y en los casos que se requiera deberán
poseer la habilitación de la autoridad municipal o la que sea pertinente. Para tales propósitos, la sociedad cuenta
con capacidad plena para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no contraríen la
ley, el orden público o el presente Estatuto. A tal objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el presente
estatuto. Capital $ 100.000. Cantidad de cuotas 10.000, valor cuotas: $ 10, cierre de ejercicio 31/12. Gerente:
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.896 - Segunda Sección 21 Jueves 7 de abril de 2022
Horacio Miguel LUCHIA PUIG. Domicilio especial de gerente y sede social: Esmeralda 1320 piso 1º dpto A, CABA.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 196 de fecha 31/03/2022 Reg. Nº 2084
Magdalena Elizabeth Cords Ruiz - T°: 47 F°: 936 C.P.A.C.F.
e. 07/04/2022 N° 22084/22 v. 07/04/2022