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N° 22084/22 Aviso del Boletín Oficial

FIDEZ GROUP S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 7 de abril de 2022

Texto del aviso

FIDEZ GROUP S.R.L.

Por escritura 196 del 31/03/2022, Reg. 2084.CABA, Martín DAVICINO, divorciado, nacido 20 de mayo de 1975, DNI

24.691.770 y CUIT 20-24691770-2. Posee 500 cuotas de $ 10, Capital $ 5000; y Horacio Miguel LUCHIA PUIG,

casado, nacido el 24 de marzo de 1972, DNI 22.654.564, Posee 9500 cuotas de $ 10, Capital $ 95.000. Ambos

domiciliados en la calle Esmeralda 1320, piso 1°, departamento “A” CABA. argentinos, abogados. Constituyen

“FIDEZ GROUP S.R.L.”. Por 30 años. Objeto: Objeto. La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes

actividades por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros dentro de la República Argentina y/o en

el extranjero: (i) Fiduciario: La Sociedad podrá ejercer la actividad de “Fiduciante”, “Fiduciario”, “Beneficiario”

o “Fideicomisario” según las previsiones del Código Civil y Comercial de la Nación, legislación modificatoria y

demás disposiciones normativas relativas a la actividad fiduciaria. A tal efecto podrá realizar negocios fiduciarios

típicos, atípicos, innominados y puros, de los más diversos objetos, así como ejercer toda clase de mandatos,

representaciones y administraciones en general con la mayor amplitud, pudiendo adquirir, enajenar, ceder y/o

transferir la propiedad fiduciaria de cualquier tipo de bienes muebles e inmuebles, así como de créditos y/o

derechos incluyendo, sin limitación, créditos hipotecarios. Podrá participar de Fideicomisos Financieros y actuar

como “Fiduciario Financiero”, con las más amplias facultades otorgadas por la ley y los contratos correspondientes,

debiendo tramitar las autorizaciones y registros ante las autoridades competentes, cuando ello fuere necesario.

(ii) Inmobiliario: Asimismo, la Sociedad podrá llevar a cabo toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo

compraventa, permuta, cesión, alquiler, arrendamiento de propiedades inmueble, ya sea urbanos o rurales,

inclusive las comprendidas bajo el régimen de Propiedad Horizontal. Podrá dedicarse al desarrollo de proyectos

inmobiliarios y hoteleros, a la administración y gerenciamiento de propiedades inmuebles, desarrollos inmobiliarios

y/u hoteleros, incluyendo clubes de campo y barrios cerrados, propios o de terceros; así como conceder créditos

para la financiación de la compraventa de bienes pagaderos a cuotas o a término, préstamos personales con garantía

o sin ella; realizar operaciones de créditos hipotecarios, mediante recursos propios, otorgar préstamos a intereses,

y financiaciones, y créditos en general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin

ellas, con fondos propios; comprar vender y realizar todo tipo de operaciones con títulos, acciones, obligaciones,

debentures, y cualquier otro valor mobiliario en general, sean nacionales o extranjeros, por cuenta propia o de

terceros; realizar inversiones o aporte de capital en sociedades. Quedan excluidas las operaciones de la Ley de

Entidades Financieras y toda aquella que requiera el concurso del ahorro público. (iii) Inversión: La Sociedad podrá

tomar participaciones en otras sociedades, mediante la compra, venta, permuta, canje, al contado o a plazos,

de acciones, obligaciones negociables u otra clase de títulos o aportes de capital a sociedades constituidas

o a constituirse; el aporte de capitales, inversiones, bienes y especies a particulares, empresas constituidas o

a constituirse, para negocios en curso o a realizarse, como asimismo la compra, venta o permuta de títulos,

acciones, debentures, obligaciones negociables y de toda clase de títulos y valores, constitución y transferencia

de mutuos, con o sin hipotecas u otras garantías reales o personales, otorgamiento de créditos y financiaciones

en general; otorgar todo tipo de garantías, reales o personales, a favor de terceros, para garantizar deudas propias

y/o de terceros; no podrá realizar las operaciones previstas en la Ley de Entidades Financieras, ni cualesquiera

otras que requieran autorización estatal específica, cuando no contara con dicha autorización. En todos los casos

en que las actividades que se ejerzan requieran poseer título profesional habilitante, no podrán ser cumplidas

dichas actividades sino por quienes posean título habilitante suficiente y en los casos que se requiera deberán

poseer la habilitación de la autoridad municipal o la que sea pertinente. Para tales propósitos, la sociedad cuenta

con capacidad plena para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no contraríen la

ley, el orden público o el presente Estatuto. A tal objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir

derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el presente

estatuto. Capital $ 100.000. Cantidad de cuotas 10.000, valor cuotas: $ 10, cierre de ejercicio 31/12. Gerente:

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.896 - Segunda Sección 21 Jueves 7 de abril de 2022

Horacio Miguel LUCHIA PUIG. Domicilio especial de gerente y sede social: Esmeralda 1320 piso 1º dpto A, CABA.

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 196 de fecha 31/03/2022 Reg. Nº 2084

Magdalena Elizabeth Cords Ruiz - T°: 47 F°: 936 C.P.A.C.F.

e. 07/04/2022 N° 22084/22 v. 07/04/2022