W20 Argentina W20Argentina

N° 1051/2019 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales jueves, 7 de abril de 2022

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr.

FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días,

de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 102, de fecha 15 noviembre de 2021, en la causa FCT Nº 1051/2019/TO1,

caratulada “ROMERO, Lucrecia Itatí y Otros S/ Infracción Ley 23.737”, respecto de: ALFREDO FABIÁN ROMERO,

D.N.I. Nº 27.714.701, de nacionalidad Argentina, de 41 años, nacido el 27 de octubre de 1979 en la ciudad de

Goya, provincia de Corrientes, soltero, instruido, de empleado de un vivero, con domicilio en la calle Granaderos

y Primera Junta de la ciudad de su nacimiento, donde actualmente se halla cumpliendo detención, hijo de Juan

Ramón Romero y de Isidora Antonia Aranda; la que dispone: SENTENCIA N° 102 Corrientes, 15 de noviembre de

2021.- Y VISTOS: Por los fundamentos precedentes: RESUELVO: 1º) DECLARAR formalmente admisible la solicitud

de aplicación del procedimiento de Juicio Abreviado formalizada por las partes. 2º) … 3º) … 4º) … 5º) CONDENAR

a FABIÁN ALFREDO ROMERO, D.N.I. Nº 27.714.701, ya filiado en autos, a la pena de cuatro (4) años de prisión,

y multa de pesos ocho mil quinientos ($ 8.500,00), la que debe hacerse efectiva en el término de treinta (30) días

de quedar firme la presente (artículos 12, 40 y 41 del Código Penal), como coautor penalmente responsable del

delito previsto y reprimido por el artículo 5 inciso c) de la Ley 23.737, en la modalidad “tenencia de estupefacientes

con finesde comercialización”, con costas (artículos 530, 531 y 533 del C.P.P.N.- 6º) … 7º) … 8º) … 9º) … 10º) …

11º) … 12°) REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las

comunicaciones correspondientes, y una vez firme este pronunciamiento, practicar por Secretaría el Cómputo

de Pena fijando la fecha de su vencimiento (artículo 493 del C.P.P.N.); notificar a los imputados con remisión del

testimonio de la presente Sentencia y oportunamente archivar.- Fdo.: Dr. Fermín Amado Ceroleni – Juez de Cámara

– Ante Mí: José Alfredo Rach – Secretario de Juzgado – Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes.- DR.

FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL

e. 05/04/2022 N° 21143/22 v. 11/04/2022