N° 28262/2014 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10 - SECRETARÍA NRO. 19
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10 - SECRETARÍA NRO. 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 10, Secretaria N° 19, sito en Av. Callao 635 PB,
C.A.B.A; comunica por cinco días en autos: “CURA, GUILLERMO RICARDO s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE VENTA”
Expte. N° 28262/2014/3, que el Martillero Walter Fabián Narvaez (CUIT 23137983109) subastará el día 11 de mayo
de 2022 a las 12:15 hs. en la Oficina de Subastas Judiciales de calle Jean Jaures 545, C.A.B.A., el 33% del inmueble
de propiedad del fallido Guillermo Ricardo Cura (CUIT 23083156279), sito en la calle Mariano Acha N° 4824, UF ”I”
de C.A.B.A. Nomenclatura Catastral: Cir. 16 Sec. 55 Manz. 161 Par. 27. Matrícula 1634087/ 8. Según constatación
practicada en autos el 13/07/19, se comprobó que se trata de un departamento de dos ambientes ubicado en
un primer piso contrafrente al que se accede por escalera, compuesto por cocina equipada con alacena y bajo
mesada, e integrada con el livingcomedor; baño completo; dos habitaciones, una de ellas armada en parte del
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.904 - Segunda Sección 69 Jueves 21 de abril de 2022
living mediante separación con pared de durlock, y un pequeño balcón. Los pisos son de cerámica en todos sus
ambientes, el estado general de conservación es bueno, aunque con humedad en zona del baño. En constatación
de fecha 27/11/20 se encontraba ocupado por la Sra. Carina Vanesa Alessi en su carácter de copropietaria y sus
dos hijas. Condiciones de Venta: Al contado y mejor postor, todo en dinero efectivo en el acto. Base U$ $ 22.216
(dólares billete estadounidenses veintidós mil doscientos dieciséis). Seña 30%, comisión 3% más IVA, arancel
0,25% (Acord. 10/99 y 24/00 CSJN) y sellado de ley. Podrá abonarse por los montos equivalentes en moneda
de curso legal utilizando la cotización del dólar bolsa o MEP vigente al día anterior a realizarse la subasta. El
saldo de precio deberá ingresarse en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires Sucursal Tribunales y a la orden
del Tribunal dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate sin necesidad de notificación a los adquirentes
ni requerimiento previo y bajo apercibimiento de declararlos postores remisos (art. 584 Cod. Proc.). En caso de
adeudarse tasas, impuestos, contribuciones o expensas los que correspondan al período anterior a decreto
falencial deberán ser objeto de petición verificatoria; los inherentes al período comprendido entre la declaración de
quiebra y la fecha de entrega de posesión serán reconocidas como acreencias del concurso y serán solventadas
con la preferencia que corresponda; y las devengadas con posterioridad a la toma de posesión estarán a cargo
de los adquirentes. De acuerdo a lo dispuesto en autos “Servicios Eficientes SA c/Yabra Roberto J.” del 18/09/99,
hacese saber que en caso de que las expensas comunes no pudieran satisfacerse con el producido de la subasta,
no corresponderá excusar al adquirente de su pago. En caso que el fallido no revista el carácter de inscripto en el
impuesto a las ganancias, deberá abonarse el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ley 23905) con el precio
que se obtenga en el remate. Dejase expresamente aclarado que no se autorizará la extracción de fondos, ni el
libramiento de testimonio u otra pieza para la inscripción del inmueble hasta tanto no se haya abonado el Impuesto
a la Transferencia de Inmuebles (Ley 23905) o el Tribunal decida que la venta no se encuentra alcanzada por esa
gabela. No se admitirá la compra en comisión ni la cesión del boleto de compraventa. La posesión y eventual
escritura traslativa de dominio o inscripción por testimonio se cumplirá dentro de los treinta días siguientes de
acreditada la efectivización del saldo de precio. Hácese saber al adquirente que a los fines de la confección del
testimonio deberá dar estricto cumplimiento con lo dispuesto por el art. 94 del decreto reglamentario 466/99
de la ley 17.801 respecto de los datos a incluirse en tal pieza. La escrituración sólo se cumplirá de ser requerida
por el adquirente (doctr. cod. proc. arts. 582 y 586) por el escribano que él mismo proponga, en tanto venta al
contado. Dentro de los diez días corrientes de aprobada la subasta el martillero deberá entregar la posesión al
adquirente. Para ello, deberá notificar fehaciente y extrajudicialmente (mediante carta documento, acta notarial o
personalmente en el mismo acto del remate) al adquirente el lugar, día y horario de la entrega de la posesión. Dejase
aclarado que en caso de incomparecencia del adquirente regularmente citado quedará fictamente entregada la
posesión en la fecha programada para la entrega. Deuda por expensas a julio 20219.002.(fs. 316). Exhibición: 9 y 10
de mayo de 2022 de 10 a 12 hs. Para participar del remate los interesados deberán inscribirse previamente a través
de la web www.csjn.gov.ar ingresando al link Oficina de SubastasTrámites: turnos registro, y deberá presentarse
el día y hora asignado en Jean Jaures 545 PB, CABA, con el formulario que indica el mencionado sitio. El presente
edicto deberá publicarse sin previo pago según lo dispuesto por la LCQ. Buenos Aires, de abril de 2022.- PABLO
D. FRICK Juez - LEANDRO G. SCIOTTI SECRETARIO
e. 21/04/2022 N° 25848/22 v. 27/04/2022