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N° 25695/22 Aviso del Boletín Oficial

MEDIALUNA S.C.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 21 de abril de 2022

Texto del aviso

MEDIALUNA S.C.A.

CUIT 30-61710496-9 comunica que por Asamblea General Extraordinaria de 22/03/2022 se resolvió: I) aumentar

el capital social hasta la suma de $ 1.160.000 II) - transformar Medialuna S.C.A. en Sociedad de Responsabilidad

Limitada; III) designar gerente titular al Sr. George Laszlo Stromeyer, con domicilio real en Ayacucho 2133, piso 9,

Ciudad de Buenos Aires, y director suplente a la Sra. Felicitas E. Winterhalder, con domicilio real en Ayacucho 2133,

piso 9, Ciudad de Buenos Aires; IV) reformar el contrato social. “PRIMERA: Denominación: La sociedad girará bajo

la denominación de “Medialuna S.R.L.”, antes denominada “Medialuna S.C.A.”- SEGUNDA: Domicilio: Provincia

de Buenos Aires. TERCERA: Duración: 30 años a partir de la fecha de inscripción. CUARTA: Objeto: realizar por

cuenta propia, asociada a terceros, o tomando y/o prestando servicios y/o servicios de razón a terceros, que

sean personas físicas, jurídicas, públicas o privadas, dentro o fuera de la República Argentina, las siguientes

actividades: AGRÍCOLA GANADERA: Mediante la explotación de establecimientos agrícolas ganaderos ya sea

de su propiedad o arrendados o de terceros o mediante contratos de mediería, cría, y engorde de ganado como

así también si venta y faenamiento.- INMOBILIARIA: Mediante la compra, venta, administración y explotación

de inmuebles urbanos o rurales, urbanización y colonizaciones y todas las operaciones comprendidas en las

Leyes de Propiedad Horizontal o similares, dictadas i que se dicten en el futuro.- FORESTACIÓN: Mediante el

plantad en tierras propias, de terceros o arrendadas, variedades de coníferas, álamos, eucaliptus y todo tipo de

plantaciones que permitan la explotación de la madera para su posterior industrialización y comercialización.-

FINANCIERAS: Mediante la compra, venta de toda clase de valores mobiliarios y realización de inversiones y toda

clase de operaciones financieras, la sociedad no podrá realizar las operaciones financieras, la sociedad no podrá

realizar las operaciones a que se requiere la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso

público. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer

actos que no sea prohibidos por las leyes o por este estatuto.- QUINTA: Capital: se fija en la suma de$ 1.160.000

pesos Pesos. Dividido en 2.900 cuotas sociales de $ 400 valor nominal cada una. La suscripción del capital se

realiza íntegramente en este acto, y se integra con patrimonio neto determinado en el balance de transformación.

SÉPTIMA: Administración: La administración, representación legal y uso de la firma legal está a cargo de la

Gerencia, compuesta del número de miembros que fijen los socios por Reunión, entre un mínimo de uno y un

máximo de cinco Gerentes titulares, socios o no. La reunión de Socios podrá nombrar menor o igual número de

Gerentes suplentes. Los Gerentes suplentes son designados para sustituir a los titulares en caso de renuncia,

incapacidad o fallecimiento, hasta la próxima reunión de Socios y en caso de simple ausencia, mientras dure la

misma. La Gerencia determinará el orden de llamamiento de los suplentes. Los Gerentes suplentes – en caso de

ejercer la sustitución – tendrán los mismos deberes y derechos que los titulares y estarán sujetos a las mismas

obligaciones. En tal carácter cada Gerente tiene todas las facultades para realizar individualmente los actos y

contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en los artículos 375 del

Código Civil y Comercial, y 9° del decreto-ley 5965/63, y podrán realizar toda operación bancaria con los bancos

oficiales, particulares e instituciones de crédito públicas y privadas, comprar, vender, hipotecar y gravar bienes

muebles e inmuebles, constituirse en acreedor prendario, otorgar poderes generales y especiales y demandar

y contestar demandas. Lo anteriormente detallado no tiene carácter limitativo, estando los Gerentes facultados

para realizar cualquier acto lícito relacionado con los fines sociales y únicamente no podrán emplear la firma

social en operaciones ajenas al objeto de la sociedad y en garantía o avales a favor de terceros. En garantía del

cumplimiento de sus funciones gerentes titulares de la sociedad deberán constituir una garantía por un monto no

inferior a la suma que establezcan las normas y disposiciones legales vigentes, por cada uno, debiendo constituirse

dicha garantía en las condiciones y en las formas previstas por el ordenamiento legal y reglamentario aplicable.

NOVENA: Reuniones a distancia: Las reuniones de Gerentes y socios podrán celebrarse presencialmente o a

distancia. DECIMA: Ejercicio social: cierra el 31 de julio de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados

contables conforme a las disposiciones en vigencia y reglas técnicas de la materia. La reunión de Socios puede

modificar la fecha de cierre del ejercicio. Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) Cinco por ciento hasta

alcanzar el veinte por ciento del capital suscripto, para el fondo de reserva legal. b) A remuneración de la Gerencia.

c) El saldo, al destino que determine la reunión de Socios

Autorizado según instrumento privado Acta Asamblea General Extraordinaria de fecha 22/03/2022

Maria Lucia Quinteiro - T°: 128 F°: 871 C.P.A.C.F.

e. 21/04/2022 N° 25695/22 v. 21/04/2022