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N° 25606/22 Aviso del Boletín Oficial

NEXE THE WAY OF CHANGE CONO SUR S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 21 de abril de 2022

Texto del aviso

NEXE THE WAY OF CHANGE CONO SUR S.A.

(30-71599590-1) Por Asamblea del 31/03/2022, se resolvió por unanimidad reformar los Artículos 1° y 11° del Estatuto

Social, quedando estos redactados de la siguiente manera: “ARTÍCULO PRIMERO. DENOMINACIÓN Y DOMICILIO.

La Sociedad se denomina “NEXT – ADMINISTRADORA DE NUEVOS NEGOCIOS S.A.” y es continuadora de la

que se constituyera bajo el nombre de “NEXE CONO SUR S.A.”, posteriormente denominada “NEXE THE WAY OF

CHANGE CONO SUR S.A.”, y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires. El Directorio

podrá instalar agencias, sucursales, establecimientos, o cualquier especie de representación dentro o fuera del

país. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD. La Dirección y

la Administración de la Sociedad está a cargo de un directorio integrado por un (1) Director Titular y un (1) Director

Suplente, con mandato por tres (3) ejercicios. La representación legal de la Sociedad corresponde al Presidente

del Directorio. El Directorio se reunirá trimestralmente o cuando lo resuelva el Presidente o lo soliciten uno o más de

sus integrantes. Las citaciones a reuniones y la información sobre el temario a tratar podrán realizarse por medios

electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones de Directores podrán realizarse en

la sede social o en el lugar que el Directorio indique. También podrán celebrarse mediante videoconferencia o

multiconferencia telefónica o sistema equivalente, de forma que uno o varios de los directores asistan a dichas

reuniones mediante alguno de los sistemas indicados, siempre que el sistema utilizado garantice la seguridad

de la reunión y la plena participación de todos los asistentes. A tal efecto, la convocatoria de la reunión, además

de indicar la ubicación donde tendrá lugar la sesión física, deberá mencionar que a la misma se podrá asistir

mediante conferencia telefónica, videoconferencia o sistema equivalente, debiendo indicarse y disponer de los

medios técnicos precisos a este fin, que en todo caso deberán posibilitar la plena participación de todos los

directores garantizándose la comunicación directa y simultánea entre los asistentes y la emisión de sus votos, y

siempre que en la reunión se denote claramente la identidad de los directores participantes. El o los directores

de la Sociedad deberán hacer constar en las actas, además de los directores que asistan físicamente, aquellos

que asisten a la reunión a través del sistema multiconferencial telefónica, videoconferencia o sistema análogo. El

Directorio sesionará con la mayoría absoluta de sus integrantes y resolverá por mayoría de los presentes; en caso

de empate, el Presidente no tendrá voto doble. El Directorio tiene las más amplias facultades de administración y

de disposición incluso las que requieren poderes especiales a tenor del artículo 375 y concordantes del Código

Civil y Comercial de la Nación y del artículo noveno del Decreto Ley 5.965/63. Podrá especialmente operar con

toda clase de entidades financieras o crediticias oficiales y privadas; dar y revocar poderes especiales y generales,

judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias

o querellas penales, realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a

la Sociedad.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 31/03/2022

Martina Daniela Muñua - T°: 137 F°: 342 C.P.A.C.F.

e. 21/04/2022 N° 25606/22 v. 21/04/2022