W20 Argentina W20Argentina

N° 28262/2014 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10 - SECRETARÍA NRO. 19

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 22 de abril de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10 - SECRETARÍA NRO. 19

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 10, Secretaria N° 19, sito en Av. Callao 635

PB, C.A.B.A; comunica por cinco días en autos: “CURA, GUILLERMO RICARDO s/QUIEBRA s/INCIDENTE

DE VENTA” Expte. N° 28262/2014/3, que el Martillero Walter Fabián Narvaez (CUIT 23137983109) subastará

el día 11 de mayo de 2022 a las 12:15 hs. en la Oficina de Subastas Judiciales de calle Jean Jaures 545,

C.A.B.A., el 33% del inmueble de propiedad del fallido Guillermo Ricardo Cura (CUIT 23083156279), sito en

la calle Mariano Acha N° 4824, UF ”I” de C.A.B.A. Nomenclatura Catastral: Cir. 16 Sec. 55 Manz. 161 Par.

27. Matrícula 1634087/ 8. Según constatación practicada en autos el 13/07/19, se comprobó que se trata de

un departamento de dos ambientes ubicado en un primer piso contrafrente al que se accede por escalera,

compuesto por cocina equipada con alacena y bajo mesada, e integrada con el livingcomedor; baño completo;

dos habitaciones, una de ellas armada en parte del living mediante separación con pared de durlock, y un

pequeño balcón. Los pisos son de cerámica en todos sus ambientes, el estado general de conservación es

bueno, aunque con humedad en zona del baño. En constatación de fecha 27/11/20 se encontraba ocupado por

la Sra. Carina Vanesa Alessi en su carácter de copropietaria y sus dos hijas. Condiciones de Venta: Al contado

y mejor postor, todo en dinero efectivo en el acto. Base U$ $ 22.216 (dólares billete estadounidenses veintidós

mil doscientos dieciséis). Seña 30%, comisión 3% más IVA, arancel 0,25% (Acord. 10/99 y 24/00 CSJN) y

sellado de ley. Podrá abonarse por los montos equivalentes en moneda de curso legal utilizando la cotización

del dólar bolsa o MEP vigente al día anterior a realizarse la subasta. El saldo de precio deberá ingresarse

en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires Sucursal Tribunales y a la orden del Tribunal dentro del plazo de

cinco días de aprobado el remate sin necesidad de notificación a los adquirentes ni requerimiento previo

y bajo apercibimiento de declararlos postores remisos (art. 584 Cod. Proc.). En caso de adeudarse tasas,

impuestos, contribuciones o expensas los que correspondan al período anterior a decreto falencial deberán

ser objeto de petición verificatoria; los inherentes al período comprendido entre la declaración de quiebra y

la fecha de entrega de posesión serán reconocidas como acreencias del concurso y serán solventadas con

la preferencia que corresponda; y las devengadas con posterioridad a la toma de posesión estarán a cargo

de los adquirentes. De acuerdo a lo dispuesto en autos “Servicios Eficientes SA c/Yabra Roberto J.” del

18/09/99, hacese saber que en caso de que las expensas comunes no pudieran satisfacerse con el producido

de la subasta, no corresponderá excusar al adquirente de su pago. En caso que el fallido no revista el carácter

de inscripto en el impuesto a las ganancias, deberá abonarse el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles

(ley 23905) con el precio que se obtenga en el remate. Dejase expresamente aclarado que no se autorizará

la extracción de fondos, ni el libramiento de testimonio u otra pieza para la inscripción del inmueble hasta

tanto no se haya abonado el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (Ley 23905) o el Tribunal decida que

la venta no se encuentra alcanzada por esa gabela. No se admitirá la compra en comisión ni la cesión del

boleto de compraventa. La posesión y eventual escritura traslativa de dominio o inscripción por testimonio

se cumplirá dentro de los treinta días siguientes de acreditada la efectivización del saldo de precio. Hácese

saber al adquirente que a los fines de la confección del testimonio deberá dar estricto cumplimiento con lo

dispuesto por el art. 94 del decreto reglamentario 466/99 de la ley 17.801 respecto de los datos a incluirse

en tal pieza. La escrituración sólo se cumplirá de ser requerida por el adquirente (doctr. cod. proc. arts. 582

y 586) por el escribano que él mismo proponga, en tanto venta al contado. Dentro de los diez días corrientes

de aprobada la subasta el martillero deberá entregar la posesión al adquirente. Para ello, deberá notificar

fehaciente y extrajudicialmente (mediante carta documento, acta notarial o personalmente en el mismo acto

del remate) al adquirente el lugar, día y horario de la entrega de la posesión. Dejase aclarado que en caso de

incomparecencia del adquirente regularmente citado quedará fictamente entregada la posesión en la fecha

programada para la entrega. Deuda por expensas a julio 20219.002.(fs. 316). Exhibición: 9 y 10 de mayo de

2022 de 10 a 12 hs. Para participar del remate los interesados deberán inscribirse previamente a través de la

web www.csjn.gov.ar ingresando al link Oficina de SubastasTrámites: turnos registro, y deberá presentarse

el día y hora asignado en Jean Jaures 545 PB, CABA, con el formulario que indica el mencionado sitio. El

presente edicto deberá publicarse sin previo pago según lo dispuesto por la LCQ. Buenos Aires, de abril de

2022.- PABLO D. FRICK Juez - LEANDRO G. SCIOTTI SECRETARIO

e. 21/04/2022 N° 25848/22 v. 27/04/2022