N° 29078/22 Aviso del Boletín Oficial
LEFRE S.R.L.
Texto del aviso
LEFRE S.R.L.
Instrumento privado del 28/04/2022. Socios: Jorge Martín Urquiza Paz, argentino, DNI 26.786.622, casado,
2/07/1978, empresario, Uruguay 743 Piso 9 (1015) de la Ciudad de Buenos Aires; Jose Manuel Urquiza Paz,
argentino, DNI 28.641.789, casado, 27/12/1980, contador, Marcelo T. de Alvear 1631 (1060) de la Ciudad de Buenos
Aires; Joaquin María Urquiza Paz, argentino, DNI 31.673.755, casado, 25/05/1985, administrador, Maipú 939 (1006)
de la Ciudad de Buenos Aires. Objeto realizar, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a
terceros, dentro o fuera de la República Argentina, las siguientes actividades: A) Operaciones agrícola -ganaderas,
comprendiendo toda clase de actividades agropecuarias, explotación de campos, cría y engorde de ganado menor
y mayor, fruticultura, avicultura y tambo, pudiendo extender hasta las etapas comerciales e industriales de los
productos derivados de esa explotación, incluyendo lo relacionado a la conservación, fraccionamiento, envasado
y exportación. B) Actuar como acopiadora de cereales, oleaginosos y todo fruto de la agricultura, comercialización
de frutos del país. C) Arrendamiento, subarrendamiento y/o adquisición de campos o establecimientos rurales
para la ganadería o agricultura, molinos o instalaciones para la preparación de alimentos para el ganado y aves.
D) Adquirir, explotar, arrendar, administrar, y/o vender establecimientos dedicados a la frutihorticultura, apicultura,
agricultura, ganadería, viñedos, tambos, cabañas, comprar, vender, oriar, recriar ganado, sembrar, cosechar
cereales, oleaginosas y otras semillas y productos forestales, de fruti horticultura y/o apicultura E) Turismo y
desarrollar las actividades de intermediar en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte y
en la contratación de servicios hoteleros; organizar viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros
y similares, todo ello en el país o en el extranjero.- La recepción y asistencia a turistas durante sus viajes y su
permanencia en el país; la prestación a éstos de los servicios de guías turísticos y el despacho de equipajes.
Representación de otras entidades o similares, tanto nacionales como extranjeras, a fin de prestar en su nombre
cualquiera de esos servicios.- Compraventa de cheques del viajero y de cualquier otro medio de pago por cuenta
propia o de terceros; la formalización, por cuenta de empresas autorizadas, de seguros que cubran lo concerniente
a equipajes y cargas de los viajeros, por intermedio de los funcionarios autorizados.- Venta de entradas para los
espectáculos públicos, deportivos, artísticos y culturales, cuando constituyan parte de otros servicios turísticos.
Explotación hotelera y prestación de cualquier otro servicio a consecuencia de los anteriormente mencionados.
Podrá asimismo realizar todas aquellas tareas tendientes al cumplimiento de su objeto social. A tal fin la sociedad
tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos, gestiones, operaciones, adquirir
derechos y contraer obligaciones que se relacionen con su objeto social, y que no sean prohibidos por las leyes
o por este estatuto. Capital: $ 120.000,00, dividido en 40.000 cuotas de $ 1 suscripto: Jorge Martín Urquiza Paz
40.000 cuotas, Jose Manuel Urquiza Paz 40.000 cuotas, Joaquín María Urquiza Paz 40.000 cuotas. Duración: 30
años desde constitución. Administración y representación legal de la sociedad: corresponderá a la gerencia, que
estará compuesta por uno a cinco miembros quienes podrán ser elegidos tanto por tiempo determinado como
indeterminado. Se designó, por tiempo indeterminado, a Joaquín María Urquiza Paz, domicilio especial art. 256
Ley 19.550 en la sede social. Prescinde de sindicatura. Representación Legal Indistinta. Cierre ejercicio: 31/12.
Sede: Maipú 939, oficina 42, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizado según instrumento privado
Contrato SRL de fecha 28/04/2022
Fermin Eugenio Allemand - T°: 124 F°: 144 C.P.A.C.F.
e. 02/05/2022 N° 29078/22 v. 02/05/2022