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N° 26308/2019 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36

Edictos Judiciales martes, 3 de mayo de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 18, a cargo de la Dra. Valeria Pérez Casado,

Secretaría Nº 36, a mi cargo, sito en M.T. de Alvear 1840, piso 3º, hace saber por cinco días que con fecha

8.04.2022 se ha decretado la quiebra de VOSTU S.A. s/ QUIEBRA, causa N° 26308/2019 inscripta en la IGJ el

15.1.2009 bajo el nº 918, Lº 43, Tº de Sociedades por acciones, CUIT: -30-71085665-2, con domicilio en la calle

Manuel Ugarte 1674 1° Piso, de esta esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, intimándose a los acreedores que

deberán presentar hasta el 6.06.2022 por ante el síndico sus pedidos de verificación y títulos justificativos de

sus créditos(art. 32 LCQ) . El sindico designado es el contador Guillermo Antonio Mendoza, con domicilio en la

calle Yerbal 526, piso 1 “A”, CABA, con email mendozaguillermoa@gmail.com Datos para transferencias bancarias

CBU 0140042703512058422806, CUIL 20-12511237-5.- Datos sitio web para digitalizar insinuaciones: https://sites.

google.com/view/sindicoguillermomendoza/p%C3%A1gina-principal . Se fijó el dia 2.08.2022 para que el síndico

presente el informe individual previsto en el art. 35 L.C.Q., y el día 14.09.2022 para que el síndico presente el informe

general previsto por el art. 39 de la L.C.Q. Se estableció que la carga del art. 32 LCQ podrá cumplirse mediante:

I- Insinuación remota o no presencial en plataforma de Google Sites incorporando la tecnología de formularios

de Google. Los pretensos acreedores ingresarán al sitio web mediante navegador Google Chrome señalado

precedentemente. II. Insinuación presencial residual, en el domicilio de esta sindicatura con otorgamiento de turno

previo comunicándose previamente por mail al mail del sindico. El pago del arancel (cuando corresponda) deberá

ser efectuado por depósito o transferencia bancaria a la cuenta denunciada por el sindico. Se ha dado orden e

intimado a la fallida para que entregue sus bienes a la síndico objeto de desapoderamiento; cumpla los requisitos

a que se refiere el art. 86 de la ley concursal; entregue a la síndico dentro de las 24 horas sus libros de comercio y

demás documentación relacionada con su contabilidad; y constituya domicilio procesal en esta ciudad dentro de

las 48,00 horas, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, se ha

decretado la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El presente se expide por mandato

de V.S. en los autos caratulados: “Vostu SA s/quiebra”, en trámite por ante este Juzgado y Secretaría.- Buenos

Aires, 28 de

abril de 2022. Adriana Bravo. Secretaria. VALERIA PEREZ CASADO Juez - ADRIANA BRAVO SECRETARIA

e. 02/05/2022 N° 28746/22 v. 06/05/2022