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N° 30197/22 Aviso del Boletín Oficial

MOVILCASH S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 5 de mayo de 2022

Texto del aviso

MOVILCASH S.A.

CUIT: 30-71569941-5. Comunica que según AGOE del 15/2/2022, se resolvió: (i) Reformar el objeto social y, en

consecuencia, el artículo 3°: “OBJETO SOCIAL: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o

asociada a terceros en cualquier parte de la República o del Extranjero, a las siguientes actividades: COMERCIO

ELECTRONICO: Diseño, desarrollo e implementación de procesos y plataformas para ser utilizados para intermediar

en pagos y cobros a través de Internet, ofrecimiento de funcionalidades de carga, descarga e intercambio de saldos

de Medios de Pago tales como “Plataforma de Pagos móviles” (PPM), Pago electrónico de servicios (PEI), Billetera

Electrónica, POS móvil y Botón de pago y/o cualquier otro medio actual o a crearse en el futuro mediante el cual

se pueda efectuar transferencias electrónicas inmediatas y/o pago de bienes y servicios, ya sea como proveedor

de servicios de pago -ofrezca o no cuentas de pago- y/o bajo cualquier función dentro el sistema de pagos y/o

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.914 - Segunda Sección 10 Jueves 5 de mayo de 2022

transferencias electrónicas por Internet a través de entidades bancarias u otras plataformas, su administración,

procesamiento y sistematización de datos, mediante el empleo de medios mecánicos y/o electrónicos. Servicios

de plataformas provistas por medios electrónicos, telefónicos o por Internet y por cualquier otra plataforma de

comunicación y/o procesamiento y/o almacenamiento disponible y/o a crearse en el futuro y concretarse bajo las

modalidades no presenciales, telefónicamente, vía internet y/u otras modalidades de comunicación a distancia,

pudiendo la Sociedad desarrollar una plataforma de operaciones por internet destinada a transacciones de

comercio electrónico de productos y servicios, por mayor y por menor. Emisión, administración, procesamiento,

liquidación, aceptación, adquirencia y gestión de cualquier medio e instrumento de pago, incluido electrónicos,

presenciales y no-presenciales. Quedan excluidas las actividades comprendidas en las Leyes 20.488 y 23.187

y excluyendo las operaciones de la Ley de Entidades Financieras y toda aquella que requiera del concurso del

ahorro público. IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN: Importación y exportación de productos tradicionales y no

tradicionales, ya sea manufacturados o en su faz primaria. SISTEMAS: La producción de sistemas y programas a

utilizarse en aparatos de computadoras. Venta, alquiler, leasing de estos, ya sea en el país o en el exterior, por sí o

a través de representantes designados a tal fin. Comercialización de sistemas fabricados por empresas locales o

extranjeras, pudiendo representarlas para actos de comercio a realizarse en el país y en el extranjero. Importación

y exportación de programas y sistemas informáticos. COMPUTADORES Y PERIFÉRICOS: La comercialización de

computadoras y componentes electrónicos, que procesen y soporten información y datos, a través de material

magnético, óptico o sonoro. También hardware de redes de computación, y periféricos relacionados con la

actividad informática y de transmisión de datos. Representar a las empresas fabricantes, tanto en el país como

en el extranjero. Comprar, vender, dar en locación, leasing, comodato, consignación, importación y exportación

de los aparatos y materiales antes indicados. INFORMÁTICO: Desarrollo de aplicaciones para dispositivos

móviles; Comercialización de hardware y equipos informáticos, proveer aplicaciones (“software”) para dispositivos

móviles que permita canalizar las operaciones establecidas para la habilitación de canales pagos y trasferencias,

incluyendo dispositivos genéricos, gestión, implementación y tecnología informática, sistemas de información

y recursos asociados para este fin. FINANCIERA Y FIDUCIARIA: la prestación de servicios y asesoramiento en

desarrollo de negocios, estrategia, organización, administración de recursos de empresas, diseño, desarrollo de

proyectos, empresariales, inversiones y/o aportes de capital a particulares, empresas o sociedades constituidas

y/o a constituirse, para negocios presentes y/o futuros, compraventa de títulos, acciones u otros valores y toda

clase de operaciones financieras en general. Actuar como fiduciaria de fideicomisos públicos o privados dentro

de negocios que estén vinculados al objeto social. Las actividades que así lo requieran serán desarrolladas por

profesionales con título habilitante. INVERSIÓN: Adquirir, mantener y administrar participaciones e inversiones

en otras sociedades. Realizar aportes de capitales, a personas, empresas, y/o sociedades existentes. Otorgar

préstamos con o sin garantías reales, la constitución de hipotecas y prendas, negociaciones de títulos, acciones

u otros valores mobiliarios, instrumentación de fideicomisos financieros y de garantía, actuar como fiduciaria

o administradora de fideicomisos, en especial fideicomisos financieros. Otorgar fianzas, avales y toda otra

clase de garantías reales o personales por obligaciones de terceros, incluso para el mantenimiento de ofertas

o el cumplimiento de contratos por terceros. Si es a favor de sociedades en que tenga participación directa o

indirecta a cualquier título, podrá hacerlo en forma gratuita y cuantos más actos o negocios jurídicos resultaren

necesarios o convenientes para la directa o indirecta satisfacción del objeto social mencionado. Se excluyen

todas las operaciones comprendidas en la Ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso

público. MANDATARIA: Mediante la realización de toda clase de mandatos, representaciones, intermediaciones,

con toda amplitud en las condiciones permitidas en las leyes y relacionados con el objeto social. En el caso de

que la Sociedad fuera controlada por una entidad financiera regida por la Ley Nº 21.256, la Sociedad deberá: (i)

informar a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias de cualquier modificación al objeto social;

(ii) admitir la verificación de las operaciones de la sociedad conforme el alcance previsto en la Ley Nº 21.256; (iii)

cumplimentar cualquier otro requisito que pudiera ser aplicable en tal supuesto. A tal fin la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no se encuentren

expresamente prohibidos por las Leyes o por este estatuto.”; (ii) Reformar el artículo 9° del Estatuto Social; (iii)

Modificar la fecha de cierre del ejercicio social, siendo actualmente el 30 de junio de cada año, al 31 de diciembre

de cada año y, en consecuencia, modificar el artículo 15° del Estatuto Social; (iv) Aprobar un Texto Ordenado del

Estatuto Social;?(v) Aceptar las renuncias formuladas por el Sr. Franchini y el Sr. Muloni a los cargos de Director

Titular y Presidente del Directorio, y Sindico Titular y Presidente, respectivamente, y (vi) Designar a los Sres. Daniel

Higa y José Alejandro Feldman como Director Titular y Presidente del Directorio, y Síndico Titular y Presidente de

la Comisión Fiscalizadora, respectivamente, hasta completar el mandato en curso, es decir, hasta la Asamblea que

trate los estados contables a cerrarse el 31 de diciembre de 2023. El director designado con domicilio especial en

25 de Mayo 454 subsuelo, CABA. Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 15/02/2022

María Fernanda Mierez - T°: 65 F°: 429 C.P.A.C.F.

e. 05/05/2022 N° 30197/22 v. 05/05/2022