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N° 5404/2017 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales miércoles, 11 de mayo de 2022

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr.

FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días, de

lo dispuesto en la Sentencia de Nº 13, de fecha 07 de marzo de 2022, en la causa caratulada: “CABRAL, ANTONIO

GUILLERMO Y OTROS S/INF. LEY 23.737”, EXPTE. 5404/2017/TO2 y su acumulado “ALEGRE, MARCIANO

CRISTOBAL Y OTRO S/INF. LEY 23.737”, Expte. N° 5404/2017/TO1, respecto de: MARCIANO CRISTÓBAL ALEGRE,

DNI Nº 39.519.782, argentino, nacido el 15 de junio de 1996 en Paso de los Libres, Corrientes; estado civil soltero,

con instrucción secundaria incompleta; hijo de Daniel Domingo Alegre y Rosa Isabel Domínguez, domiciliado

en calle 12 de Septiembre y Entre Ríos s/nº, de Paso de los Libres, Corrientes. Actualmente cumpliendo prisión

preventiva en la U-7 de Resistencia (Chaco). La que dispone: S E N T E N C I A CORRIENTES, 07 de marzo de

2022.- Nº 13 - Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) DECLARAR

formalmente admisible el Juicio Abreviado (art. 431bis CPPN). 2º) … 3º) … 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º)

CONDENAR a MARCIANO CRISTÓBAL ALEGRE, DNI Nº 39.519.782, ya filiado en autos, a la PENA de SEIS

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.918 - Segunda Sección 86 Miércoles 11 de mayo de 2022

(6) AÑOS de prisión, como coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes

agravado por la intervención de tres o más personas organizadas para cometerlo (arts. 5 inc. “c” y 11inc. “c” de

la Ley 23.737), y multa de DIEZ (10) UNIDADES FIJAS ($ 25.000.-), la que deberá hacerse efectiva en el término de

treinta (30) días de quedar firme la presente, y costas (Arts. 40, 41 y 45 del CP, art. 45 Ley 23.737, y 530, 531 y 533

del CPPN).- 10º) … 11º) … 12º) … 13º) … 14º) … 15º) … 16º) … 17º) … 18º) … 19º) … 20º) REGISTRAR, agregar el

original al expediente, cursar las demás comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar

por Secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN),

y oportunamente archivar. Fdo: Dr. Víctor Antonio Alonso. Juez de Cámara. Dr. Fermín Amado Ceroleni. Juez

de Cámara. Dr. Manuel Alberto Jesús Moreira. Juez de Cámara. Ante mí. Dr. Mario Aníbal Monti. Secretario de

Cámara.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL

e. 06/05/2022 N° 30962/22 v. 12/05/2022