N° 5404/2017 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr.
FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días, de
lo dispuesto en la Sentencia de Nº 13, de fecha 07 de marzo de 2022, en la causa caratulada: “CABRAL, ANTONIO
GUILLERMO Y OTROS S/INF. LEY 23.737”, EXPTE. 5404/2017/TO2 y su acumulado “ALEGRE, MARCIANO
CRISTOBAL Y OTRO S/INF. LEY 23.737”, Expte. N° 5404/2017/TO1, respecto de: MARIO LEONARDO OBREGÓN,
DNI Nº 18.022.629, argentino, nacido el 19 de enero de 1967, estado civil casado; con instrucción secundaria
completa; ocupación retirado de la Policía de la Provincia de Corrientes; hijo de Gregorio Narciso Obregón (f) y
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.918 - Segunda Sección 89 Miércoles 11 de mayo de 2022
de Marcelina Clotilde Chapo; domiciliado en Barrio 255 Viviendas, Manzana “D”, casa Nº 8 de Paso de los Libres,
Corrientes. Actualmente con prisión preventiva en el Escuadrón 48 “Corrientes” de Gendarmería Nacional. La
que dispone: S E N T E N C I A CORRIENTES, 07 de marzo de 2022.- Nº 13 - Y VISTOS: Por los fundamentos
que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) DECLARAR formalmente admisible el Juicio Abreviado
(art. 431bis CPPN). 2º) … 3º) … 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) CONDENAR a MARIO LEONARDO OBREGÓN, DNI
Nº 18.022.629, ya filiado en autos, a la PENA de SEIS (6) AÑOS de prisión, como coautor penalmente responsable
del delito de comercialización de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas organizadas
para cometerlo (arts. 5 inc. “c” y 11 inc. “c” de la Ley 23.737), y multa de DIEZ (10) UNIDADES FIJAS ($ 25.000.-),
la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta (30) días de quedar firme la presente, y costas (Arts. 40,
41 y 45 del CP, art. 45 Ley 23.737, y 530, 531 y 533 del CPPN).- 9º) … 10º) … 11º) … 12º) … 13º) … 14º) … 15º) …
16º) … 17º) … 18º) … 19º) … 20º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar las demás comunicaciones
correspondientes y una vez firme la presente practicar por Secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando
la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN), y oportunamente archivar. Fdo: Dr. Víctor Antonio Alonso. Juez
de Cámara. Dr. Fermín Amado Ceroleni. Juez de Cámara. Dr. Manuel Alberto Jesús Moreira. Juez de Cámara. Ante
mí. Dr. Mario Aníbal Monti. Secretario de Cámara.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA
SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL
e. 06/05/2022 N° 30959/22 v. 12/05/2022