N° 32051/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 4 - SECRETARÍA NRO. 7
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 4 - SECRETARÍA NRO. 7
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 4, a cargo del Dr. Alejandro J. Catania, Secretaría N° 7, en la causa
Nº 14.835 (CPE 617/2020) caratulada “NANCEL S.A. S/INF. LEY 24.769” sito en Av. de los Inmigrantes 1950, 2°
Piso, Oficina 236 de esta ciudad (TEL: 4130-6130/33), notifica a la firma NANCEL S.A (CUIT 30-63168828-0),
por el término de CINCO días, que con fecha 2 de mayo de 2022 se dictó la siguiente resolución “Buenos Aires,
02 de mayo de 2022. AUTOS Y VISTOS… Y CONSIDERANDO… RESUELVO: I. DECLARAR PARCIALMENTE
EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN LA ACCIÓN PENAL emergente de los hechos investigados en estos autos
N° 14.835 (CPE 617/2020), caratulados “NANCEL S.A. Y OTRO S/ INFRACCIÓN LEY 24.769”, en orden a la posible
comisión del delito previsto y reprimido por el artículo 2° inc. d) de la Ley N° 24.769, con relación al Impuesto
al Valor Agregado ejercicio fiscal 2012 (10/2011 a 09/2012) y, en consecuencia, SOBRESEER PACIALMENTE a
la contribuyente “NANCEL S.A.” y a Diego Ariel KOSOY respecto de aquel hecho (arts. 59, 62 inc. 2º y 67 del
Código Penal; arts. 334 y 336 inc. 1° del C.P.P.N. y art. 2º inc. d de la Ley 24.769). II. NO HACER LUGAR A LA
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL solicitada respecto a la presunta evasión del pago del Impuesto al Valor
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.919 - Segunda Sección 117 Jueves 12 de mayo de 2022
Agregado correspondiente al ejercicio fiscal 2013 (10/2012 a 09/2013) y al Impuesto a las Ganancias del ejercicio
anual 2013. III. SIN COSTAS (artículo 530 y conc. del C.P.P.N).”.
Asimismo, se le hace saber que deberá designar letrado defensor de su confianza, dentro del tercer día de
notificada, y que en caso de silencio le será designado el Defensor Oficial que por turno corresponda.
Para mejor proveer se trascribe el auto que así lo ordena: “Buenos Aires, 9 de mayo de 2022. En atención a
lo informado por el Departamento de Delitos Fiscales de la Policía Federal Argentina, notifíquese a la firma
NANCEL S.A., lo resuelto el día 2 de mayo pasado por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial,
por el plazo de cinco (5) días (artículo 150 del C.P.P.N.) Asimismo, hágase saber a firma NANCEL S.A. que deberá
designar letrado defensor de su confianza, dentro del tercer día de notificada, y que en caso de silencio le será
designado el Defensor Oficial que por turno corresponda… Fdo: Alejandro J. CATANIA. Juez. Ante mí: Fernando
S. PALAZZI. Secretario”. ALEJANDRO JAVIER CATANIA Juez - FERNANDO SEBASTIAN PALAZZI SECRETARIO
e. 10/05/2022 N° 32051/22 v. 16/05/2022