N° 32831/22 Aviso del Boletín Oficial
MP CONSULTING GROUP S.A.
Texto del aviso
MP CONSULTING GROUP S.A.
CUIT. 30-70857936-6.Por Esc. 44, del 10/5/2022, Reg. 1727, CABA, protocolizo Acta de Asamblea del 10/3/2022
y reformo: ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o
asociada a terceros en el país o en el extranjero, a la actividad vitivinicola en todas sus formas y facetas, pudiendo
efectuar toda actividad agrícola, industrial y comercial, relacionadas con bodegas y viñedos, manufacturando,
industrializando, cultivando, cosechando, transportando, fraccionando, embotellando, comercializando en todas
sus formas, materias primas, productos semielaborados y elaborados, maquinarias, insumos y derivados de la
industria vitivinicola, asimismo podrá administrar, comprar, vender, explotar, locar, construir, reformar campos y
establecimientos vitivinicolas y bodegas, ejercer representaciones y mandatos, ser titulares de marcas de fábrica
y patentes de invención, importar y exportar productos tradicionales y no tradicionales del pais y del extranjero.-
En el desarrollo de las actividades descritas en el objeto social, la Sociedad además de crear valor económico
procurará generar un impacto material, social y ambiental, en beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas
o partes vinculadas a ésta.- A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones y
ejercer los derechos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.ARTICULO NOVENO: La Dirección
y Administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio, compuesto de uno a cuatro titulares, pudiendo la
asamblea elegir igual número de suplentes, lo que se incorporarán al Directorio por orden de designación. Mientras
la sociedad prescinda de la sindicatura se designará un Director Suplente. La elección es de tres ejercicios. La
Asamblea fijará el número de directores, así como su remuneración. El Directorio sesionará en caso de pluralidad
de miembros, con la mitad más uno de sus integrantes y resuelve por mayoría de presentes; en caso de empate, el
Presidente desempatará votando nuevamente. En su primera reunión designará un Presidente, pudiendo en caso
de pluralidad de titulares, designar un Vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento. En
garantía de sus funciones, los Directores titulares constituirán un seguro de caución o de responsabilidad civil, a
su costa, a través de una entidad aseguradora autorizada. El Directorio tiene amplias facultades de administración
y disposición, incluso los que requieren poderes especiales.- Podrá especialmente operar con toda clase de
bancos, entidades financieras o crediticias oficiales o privadas, dar y revocar poderes especiales y generales,
judiciales, de administración u otros, con el alcance y facultades que estime oportunos; iniciar, proseguir, contestar
o desistir denuncias o querellas penales y realizar todo otro acto o hecho jurídico que haga adquirir derechos o
contraer obligaciones a la sociedad. En el desempeño de su cargo, los administradores deberán tener en cuenta
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.919 - Segunda Sección 15 Jueves 12 de mayo de 2022
en sus decisiones y actuaciones los efectos de dichas decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de (i)
la Sociedad, (ii) sus socios, (iii) empleados y (iv) los clientes, proveedores y otras partes vinculadas a la Sociedad.
Asimismo, deberán velar por la protección del ambiente.El cumplimiento de la obligación antedicha por parte de
los administradores sólo podrá ser exigible por los socios y la Sociedad. La representación legal de la sociedad
corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente en su caso.- Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 44 de fecha 10/05/2022 Reg. Nº 1727
Juan Pablo Martinez - Matrícula: 4349 C.E.C.B.A.
e. 12/05/2022 N° 32831/22 v. 12/05/2022