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N° 31585/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL

Edictos Judiciales viernes, 13 de mayo de 2022

Texto del aviso

JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL

NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 1 - PARANÁ

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia Civil y Comercial N° 9, Dr. Angel Luis MOIA, Secretaría N° 1 de la

Dra. María Victoria ARDOY, sito en Santiago del Estero N° 382 de Paraná, comunica que en autos “BANCO DE

ENTRE RIOS S.A. S/ QUIEBRA” (Expte. N° 1043 - Fecha de inicio: 20/03/06), se dispuso la publicación de edictos,

haciendo saber que la Sindicatura designada solicitó autorización previa de los acreedores para promover acción

de recomposición del patrimonio fallido: 1) Acción de Revocatoria Ordinaria arts. 338 y ss. y ccs. del Código Civil y

Comercial de la Nación, contra Banco Bisel S.A., C.U.I.T. N° 30-68052896-5, y la fallida Banco de Entre Ríos S.A.,

C.U.I.T. N° 30-50000869-1, este último a fin de que ejerza su derecho de defensa, direccionada a la declaración de

inoponibilidad a los acreedores de este universal del rescate anticipado de las obligaciones negociables emitidas

por el B.E.R.S.A. en fecha 29/06/1999, suscriptas e integradas en su totalidad por Banco Bisel S.A. -sujeto pasivo

como adquirente de las obligaciones-, por un monto de U$S 25 millones, cuyo capital debía ser cancelado en 5

(cinco) cuotas anuales, iguales y consecutivas, y fueron rescatadas con anterioridad al vencimiento de la primera

cuota, con el objeto que dichos fondos sean reintegrados al patrimonio fallido, ocurrido ello en el período de

sospecha fijado por el Juzgado. El Sr. Juez intima a los acreedores quirografarios para que emitan su conformidad

o disconformidad a la promoción de la acción propuesta por el Síndico, haciendo saber que dicha conformidad

o disconformidad deberá expresarse por escrito en el expediente del proceso falencial, en el plazo de CINCO (5)

DIAS, para lo cual se formará por Secretaría un Anexo con las presentaciones que se efectuaran, haciendo saber

a los acreedores que en caso de abstenerse de emitir opinión, su silencio será considerado como conformidad a

la autorización sindical requerida. La presente intimación se notificará por edictos a publicarse por cinco (5) días

en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos, de la Nación, y Boletines Oficiales de la Provincia de Santa Fe,

Corrientes y Chaco, y en El Diario de Paraná. El plazo para expresarse comenzará a correr para los acreedores a

partir de la última publicación de edictos. Los Edictos deberán publicarse en los medios indicados, sin necesidad

de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos necesarios para oblar el costo de la publicación cuando los

hubiere art. 273 inc. 8) Ley 24.522. Paraná, 18 de marzo de 2021. Dra. María Victoria Ardoy, Secretaria

Angel Luis MOIA, Juez - María Victoria Ardoy, Secretaria

e. 10/05/2022 N° 31585/22 v. 16/05/2022