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N° 34878/22 Aviso del Boletín Oficial

GENERACIÓN ARGENTINA S.A.U.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 19 de mayo de 2022

Texto del aviso

GENERACIÓN ARGENTINA S.A.U.

CUIT 30-71563697-9. Comunica que por Asamblea del 11/05/22 se resolvió: (i) modificar el objeto social, reformando

en consecuencia el art- 3° del Estatuto Social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3°:

Objeto: La sociedad tiene por objeto producir y comercializar energía eléctrica, pudiendo realizar todas aquellas

actividades que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, así como: a) la producción, el procesamiento,

el almacenamiento, el transporte y la comercialización de cualquier producto y/o subproducto derivado de la

generación de energía eléctrica por cualquier medio; b) el almacenamiento, la comercialización, el transporte, la

distribución y la exportación y/o importación de hidrocarburos, minerales, y de sus derivados; c) la operación y

mantenimiento de centrales de generación de energía eléctrica; d) la compra de equipamiento y herramientas y

adquisición de servicios, y d) la asesoría y asistencia técnica relativa a las actividades indicadas en los puntos

anteriores incluyendo pero no limitándose a los servicios de desarmado, armado, análisis, reparación, puesta en

marcha de unidades de generación de energía eléctrica y sistema asociados. Asimismo, la sociedad podrá: i)

participar en sociedades por acciones, cualquiera sea su objeto, uniones transitorias de empresas, agrupaciones

de colaboración, joint ventures y consorcios; ii) adquirir y negociar títulos, bienes muebles inmuebles, electrónicos

y/o digitales y toda clase de valores mobiliarios y/o digitales, papeles de crédito, activos digitales en cualquiera

de los sistemas o modalidades existentes o a crearse; otorgar préstamos en moneda nacional o extranjera, emitir

títulos valores a corto y largo plazo, con o sin garantías, descontar, negociar, aceptar y vender letras, pagares,

prendas, cheques, giros y demás papeles de créditos creados o a crearse, otorgar avales, fianzas u otras garantías.

La Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los

actos que no le sean prohibidos por las leyes y estos Estatutos, no pudiendo realizar operaciones contempladas

por la Ley de Entidades Financieras..”; y (iii) aprobar un nuevo texto ordenado, incluyendo en el mismo la reforma

mencionada en (i). Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 11/05/2022

maria agustina montes - T°: 98 F°: 427 C.P.A.C.F.

e. 19/05/2022 N° 34878/22 v. 19/05/2022