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N° 36314/22 Aviso del Boletín Oficial

EVOLUCIÓN TRES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 23 de mayo de 2022

Texto del aviso

EVOLUCIÓN TRES S.A.

30-70946651-4 Por Asamblea del 30/12/19 se resolvió ampliar el objeto social y reformar el art 3, el cual quedó

redactado de la siguiente manera: Artículo 3 La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros

y/o asociada a terceros en el país y en el extranjero: a) Inmobiliaria: Mediante la adquisición, compra, venta,

permuta, construcción, fraccionamiento, explotación y arrendamiento de inmuebles urbanos y rurales, incluyendo

las operaciones sobre propiedad horizontal, la constitución de derechos reales y la obtención de permisos

adquiridos por compra, cesión, transferencia, posesión, fusión o el otorgamiento por parte del poder público

pudiendo al efecto solicitar de los gobiernos nacionales, provinciales y municipales permisos y concesiones de

inmuebles aptos para cualquier destino, sean urbanos o rurales, sitos en la República Argentina o en el exterior;

el desarrollo, inclusive por el régimen de propiedad horizontal, urbanización, parcelamiento, organización,

aprovechamiento, explotación, comercialización y/o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal,

bajo cualquier modalidad jurídica nominada o innominada, incluyendo la compraventa, locación, arrendamiento,

leasing, fideicomiso, concesión, contrato de hospedaje, cesión, contratos por los cuales se constituyan y/o

transmitan derechos reales y/o derechos personales o crediticios, de todo género de inmuebles, propios y/o de

terceros, sean urbanos o rurales, sitos en la República Argentina o en el exterior, con las finalidades y/o destinos

que con sujeción a la normativa vigente se estimare en cada caso más conveniente, tales como a título meramente

enunciativo, viviendas, oficinas comerciales y/o profesionales, locales comerciales y/o centro de comercialización

a cualquier escala, explotación de establecimientos hoteleros, apart-hoteles, tiempos compartido, garaje,

cocheras, playas de estacionamiento, loteos, countries, barrios cerrados, centros deportivos, recreativos,

turísticos y/o de esparcimiento; b) Administración: Administrar todo tipo de bienes inmuebles o muebles, fondos,

carteras crediticias, mobiliarias o inmobiliarias, activos de cualquier naturaleza, sean bienes propios y/o ajenos,

administrar consorcios de copropietarios, desempeñar mandatos y/o gestiones de administración aún en calidad

de fiduciario; brindar asesoramiento y servicios de marketing relacionados con la actividad de la construcción

de desarrollo de emprendimientos inmobiliarios; c) Construcción: Construir, reciclar, remodelar, reparar, ejecutar,

desarrollar bienes inmuebles propios y/o ajenos, públicos o privados, cualquiera fuere su destino. Dedicarse,

por cuenta propia, de terceros y/o asociados a terceros, a la realización de negocios o actividades vinculadas

con la representación, comercialización y desarrollo de infraestructura pasiva y/o recursos asociados que sirvan

de soporte a redes de telecomunicaciones para la prestación de los servicios TIC por terceros licenciatarios. d)

Inversión: Tomar participaciones en otras sociedades, mediante la compra, venta o permuta al contado o a plazos

de acciones, obligaciones negociables u otra clase de títulos o aportes de capital a sociedades constituidas o a

constituirse o celebrar los contratos de colaboración empresaria tipificados en la ley de sociedades comerciales.

No podrá realizar las operaciones previstas en la ley de entidades financieras, ni cualesquiera otras que requieran

el concurso público; e) Financiación: Otorgar créditos para la financiación de emprendimientos, proyectos, obras

y/o desarrollos inmobiliarios propios o de terceros, públicos o privados y/o para la adquisición de inmuebles nuevos

o usados, cualquiera fuere el destino previsto para tales inmuebles, solicitando en cualquiera de los casos antes

indicados las garantías que sean necesarias. La sociedad podrá participar en sociedades, consorcios, uniones

transitorias de empresas y cualquier otro contrato asociativo o de colaboración vinculada total o parcialmente con

el objeto social. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y

ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el estatuto. Por Asamblea de fecha 25/10/21 se

resolvió modificar art. 10 quedando redactado asi: ¨Artículo 10: La administración de la sociedad esta a cargo de

un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de

tres directores, con mandato de tres ejercicios. La Asamblea podrá designar suplentes en igual o menor número

que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección.

Mientras la sociedad prescinda de sindicatura, deberá designarse por lo menos un director suplente. La Asamblea

fijará el número de directores así como su remuneración. El directorio sesionará con la presencia de la mayoría

absoluta de sus integrantes y resuelve por mayoría absoluta de votos presentes. En caso de empate, el presidente

desempatará votando nuevamente.¨ y se designó como presidente a Carlos de Narváez Moore y Directora Suplente

Carola Pirovano Krieger, ambos con domicilio especial en Cerrito 1070 piso 11 of 136 CABA. Por último, se resolvió

fijar nuevo domicilio social en Cerrito 1070 piso 11 of 136 CABA.

Autorizado según instrumento privado acta de asamblea de fecha 25/10/2021

Romina Andrea Valenzisi - T°: 104 F°: 786 C.P.A.C.F.

e. 23/05/2022 N° 36314/22 v. 23/05/2022