N° 36314/22 Aviso del Boletín Oficial
EVOLUCIÓN TRES S.A.
Texto del aviso
EVOLUCIÓN TRES S.A.
30-70946651-4 Por Asamblea del 30/12/19 se resolvió ampliar el objeto social y reformar el art 3, el cual quedó
redactado de la siguiente manera: Artículo 3 La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros
y/o asociada a terceros en el país y en el extranjero: a) Inmobiliaria: Mediante la adquisición, compra, venta,
permuta, construcción, fraccionamiento, explotación y arrendamiento de inmuebles urbanos y rurales, incluyendo
las operaciones sobre propiedad horizontal, la constitución de derechos reales y la obtención de permisos
adquiridos por compra, cesión, transferencia, posesión, fusión o el otorgamiento por parte del poder público
pudiendo al efecto solicitar de los gobiernos nacionales, provinciales y municipales permisos y concesiones de
inmuebles aptos para cualquier destino, sean urbanos o rurales, sitos en la República Argentina o en el exterior;
el desarrollo, inclusive por el régimen de propiedad horizontal, urbanización, parcelamiento, organización,
aprovechamiento, explotación, comercialización y/o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad horizontal,
bajo cualquier modalidad jurídica nominada o innominada, incluyendo la compraventa, locación, arrendamiento,
leasing, fideicomiso, concesión, contrato de hospedaje, cesión, contratos por los cuales se constituyan y/o
transmitan derechos reales y/o derechos personales o crediticios, de todo género de inmuebles, propios y/o de
terceros, sean urbanos o rurales, sitos en la República Argentina o en el exterior, con las finalidades y/o destinos
que con sujeción a la normativa vigente se estimare en cada caso más conveniente, tales como a título meramente
enunciativo, viviendas, oficinas comerciales y/o profesionales, locales comerciales y/o centro de comercialización
a cualquier escala, explotación de establecimientos hoteleros, apart-hoteles, tiempos compartido, garaje,
cocheras, playas de estacionamiento, loteos, countries, barrios cerrados, centros deportivos, recreativos,
turísticos y/o de esparcimiento; b) Administración: Administrar todo tipo de bienes inmuebles o muebles, fondos,
carteras crediticias, mobiliarias o inmobiliarias, activos de cualquier naturaleza, sean bienes propios y/o ajenos,
administrar consorcios de copropietarios, desempeñar mandatos y/o gestiones de administración aún en calidad
de fiduciario; brindar asesoramiento y servicios de marketing relacionados con la actividad de la construcción
de desarrollo de emprendimientos inmobiliarios; c) Construcción: Construir, reciclar, remodelar, reparar, ejecutar,
desarrollar bienes inmuebles propios y/o ajenos, públicos o privados, cualquiera fuere su destino. Dedicarse,
por cuenta propia, de terceros y/o asociados a terceros, a la realización de negocios o actividades vinculadas
con la representación, comercialización y desarrollo de infraestructura pasiva y/o recursos asociados que sirvan
de soporte a redes de telecomunicaciones para la prestación de los servicios TIC por terceros licenciatarios. d)
Inversión: Tomar participaciones en otras sociedades, mediante la compra, venta o permuta al contado o a plazos
de acciones, obligaciones negociables u otra clase de títulos o aportes de capital a sociedades constituidas o a
constituirse o celebrar los contratos de colaboración empresaria tipificados en la ley de sociedades comerciales.
No podrá realizar las operaciones previstas en la ley de entidades financieras, ni cualesquiera otras que requieran
el concurso público; e) Financiación: Otorgar créditos para la financiación de emprendimientos, proyectos, obras
y/o desarrollos inmobiliarios propios o de terceros, públicos o privados y/o para la adquisición de inmuebles nuevos
o usados, cualquiera fuere el destino previsto para tales inmuebles, solicitando en cualquiera de los casos antes
indicados las garantías que sean necesarias. La sociedad podrá participar en sociedades, consorcios, uniones
transitorias de empresas y cualquier otro contrato asociativo o de colaboración vinculada total o parcialmente con
el objeto social. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y
ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el estatuto. Por Asamblea de fecha 25/10/21 se
resolvió modificar art. 10 quedando redactado asi: ¨Artículo 10: La administración de la sociedad esta a cargo de
un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de
tres directores, con mandato de tres ejercicios. La Asamblea podrá designar suplentes en igual o menor número
que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección.
Mientras la sociedad prescinda de sindicatura, deberá designarse por lo menos un director suplente. La Asamblea
fijará el número de directores así como su remuneración. El directorio sesionará con la presencia de la mayoría
absoluta de sus integrantes y resuelve por mayoría absoluta de votos presentes. En caso de empate, el presidente
desempatará votando nuevamente.¨ y se designó como presidente a Carlos de Narváez Moore y Directora Suplente
Carola Pirovano Krieger, ambos con domicilio especial en Cerrito 1070 piso 11 of 136 CABA. Por último, se resolvió
fijar nuevo domicilio social en Cerrito 1070 piso 11 of 136 CABA.
Autorizado según instrumento privado acta de asamblea de fecha 25/10/2021
Romina Andrea Valenzisi - T°: 104 F°: 786 C.P.A.C.F.
e. 23/05/2022 N° 36314/22 v. 23/05/2022