N° 009486/2019 Aviso del Boletín Oficial
PARTIDO DEL TRABAJO Y DE LA EQUIDAD (PAR.TE)
Texto del aviso
PARTIDO DEL TRABAJO Y DE LA EQUIDAD (PAR.TE)
El Juzgado Federal número 1 con Competencia Electoral, Distrito Córdoba, a cargo del Juez Federal, Dr. Ricardo
Bustos Fierro, Secretaría Electoral a cargo del Dr. Guillermo Pablo Fernández, hace saber que en los autos
caratulados: “PARTIDO DEL TRABAJO Y DE LA EQUIDAD (PAR.TE) s/ RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE
DISTRITO”, Expte. Nº CNE 9486/2019, se ha dictado la siguiente resolución: ///doba, mayo de 2022. Y VISTOS: Estos
autos caratulados: “PARTIDO DEL TRABAJO Y DE LA EQUIDAD (Par.Te) s/ Reconocimiento de partido de Distrito”
(Expte. CNE 9486/2019). DE LOS QUE RESULTA: Que a fs. 176/177, corre glosada la resolución de fecha 13 de abril
de 2022, por la cual se ordena el reconocimiento definitivo del “Partido del Trabajo y la Equidad” (Par.Te). Que los
presentes autos fueron puestos a despacho, a los fines de subsanar de oficio, el error material en el que se incurrió
al momento de consignar el nombre de la agrupación política en la resolución de marras, más precisamente al
consignar en el quinto (V) párrafo de sus considerandos y en su parte resolutiva -inciso 2° -, el número doscientos
cuarenta y cinco (245), cuando en realidad le correspondía el número de identificación “doscientos cuarenta y seis”
(246). Y CONSIDERANDO: Que el Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Nación -en virtud de los arts. 36,
inc. 6° y 166 inc. 1° - faculta al Juez a corregir de oficio cualquier error material, subsanar algún concepto oscuro
o bien suplir cualquier omisión respecto de alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio. Así las
cosas y de conformidad a lo dispuesto en los artículos citados, corresponde corregir de oficio el error material
advertido al momento de consignar su número de identificación partidaria en la resolución de fecha 13 de abril de
2022, protocolizada con clave de sentencia N° 009486/2019. Por ello: RESUELVO: I.- CORREGIR Y DISPONER
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.926 - Segunda Sección 76 Martes 24 de mayo de 2022
qué, en la redacción donde se menciona el termino: “V) Que de conformidad con lo establecido por la Acordada
N° 24/11 de la Excma. Cámara Nacional Electoral, corresponde asignar a la presente agrupación política el número
doscientos cuarenta y cinco (245), de identificación de registro como partido de distrito” y “RESUELVO: 1°) …
2°) Asignar el número doscientos cuarenta y cinco (245) de identificación de registro” 3°) … y 4°) …; debe decir:
“V) Que de conformidad con lo establecido por la Acordada N° 24/11 de la Excma. Cámara Nacional Electoral,
corresponde asignar a la presente agrupación política el número doscientos cuarenta y seis (246), de identificación
de registro como partido de distrito” y “RESUELVO: 1°) … 2°) Asignar el número doscientos cuarenta y seis (246)
de identificación de registro”. II.- Protocolícese y hágase saber. RICARDO BUSTOS FIERRO Juez - GUILLERMO
PABLO FERNANDEZ SECRETARIO
e. 24/05/2022 N° 36816/22 v. 24/05/2022