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N° 38334/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 38 - SECRETARÍA NRO. 132

Edictos Judiciales lunes, 30 de mayo de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 38 - SECRETARÍA NRO. 132

Se hace saber que con fecha 11 de mayo de 2022, en el marco de la causa 36627/2020; caratulada “Bustos

Jeremías s/ estafa”; del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 38, Secretaría Nº 132, se ha dictado la

resolución que se transcribe a continuación: “Buenos Aires, 11 de mayo de 2022. Téngase presente la constancia

actuarial que antecede y en razón de lo informado, elévense las presentes actuaciones al Tribunal Oral en lo

Criminal y Correccional N° 2, respecto de Cristian Capelo Nieva. Por otra parte, y dado que no se ha logrado

establecer el domicilio actual de Jeremías Bustos, y las tareas realizadas a esos fines han arrojado resultados

infructuosos (ver declaración testimonial del Oficial Hugo Della Santa, incorporada a fs. 214/215 del legajo digital),

corresponde disponer la averiguación de su paradero a efectos de que, una vez habido, se proceda a recibirle

declaración indagatoria, conforme lo solicitado por el Fiscal el 10 de noviembre de 2021, y la consecuente

convocatoria dispuesta por esta sede. En este sentido, corresponde citar a Bustos mediante edictos, los que

deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término de 5 días, a efectos de dar cumplimiento con la declaración

ordenada en autos. Asimismo, en virtud de lo expuesto, considero que corresponde librar oficio al Sr. Jefe de la

Policía Federal Argentina para que, habido que sea el imputado, se le notifique de la existencia de la presente

causa y del llamado a indagatoria, debiendo presentarse dentro del tercer día bajo apercibimiento, en caso de

inasistencia injustificada, de declararlo en rebeldía y ordenar su captura, pues estando fehacientemente notificado

su renuencia a comparecer no descansará ya en la ignorancia del proceso o de la citación cursada, sino en la

inequívoca intención de sustraerse a la acción de la justicia. Devuélvase el caso a la Fiscalía instructora (artículo

196 del CPPN), sirviendo lo proveído de muy atenta nota de envío.” Fdo: MARTÍN YADAROLA Juez - FEDERICO

ROMERO SECRETARIO MARTÍN YADAROLA Juez - FEDERICO ROMERO SECRETARIO

e. 30/05/2022 N° 38334/22 v. 03/06/2022