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N° 38440/22 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13 - SECRETARÍA NRO. 26

Edictos Judiciales viernes, 3 de junio de 2022

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13 - SECRETARÍA NRO. 26

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 13, a cargo del Dr. Fernando J. Perillo, Secretaría

n° 26, a cargo del Dr. Julián Maidana, sito en Marcelo T. Alvear 1840, 4º piso de esta capital Federal, en los autos

COM 11358/2018 - “OPEN WORK S.A. LE PIDE LA QUIEBRA OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA

DEL PLASTICO” comunica por cinco días que con fecha 05/05/2022, se decretó la quiebra de OPEN WORK S.A.

(CUIT 30-71112710-7) con domicilio en la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón 1111 piso 9° oficina 911 de esta

ciudad, e inscripta en la I.G.J. con fecha 18 de mayo de 2009 bajo el número 8259 del libro 44 de Sociedades

por Acciones. Siendo desinsaculado como síndico el contador ALBERTO JAVIER PARMA (DNI 13.741.395) con

domicilio en la calle LLERENA 2950 C.A.B.A. teléfonos 3528-7582 / 15-5763- 0260, correo electrónico crparma@

gmail.com ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de

sus créditos (art. 200 L.C.Q) hasta el día 01.07.2022. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y

39 L.C.Q los días 29.08.2022 y 12.10.2022 respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros que entreguen al

síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada

con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos a la misma bajo apercibimiento

de considerarlos ineficaces. Asimismo, se intima a la fallida para que dentro del quinto día cumplimente la

información requerida por el art. 11 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de considerar su conducta obstructiva

y de ocultamiento patrimonial, procediendo a iniciar las acciones legales pertinentes encaminadas a reconstruir

patrimonialmente el activo falencial. Deberá asimismo constituir, en el plazo de 48 hs., domicilio procesal, bajo

apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado, y cumplir en lo pertinente con los requisitos

del art. 86 segundo párrafo de la ley citada. El auto que ordena el presente dice: “Buenos Aires, 5 de mayo de

2022....publíquense edictos por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial... Fdo. Fernando J. Perillo. Juez”. En la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, 27 de mayo de 2022.

JULIAN MAIDANA SECRETARIO

e. 30/05/2022 N° 38440/22 v. 03/06/2022