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N° 9479/2019 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales jueves, 9 de junio de 2022

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dr.

FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días,

de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 44, de fecha 24 de mayo de 2022, en la causa caratulada: “MASSANEIRO,

VANDERLEI Y OTRO SOBRE INF. LEY 23.737”, Expte. Nº 9479/2019, respecto de: JOCIMAR MASSANEIRO, Cédula

de Identificación Brasilera N° 10.863.006-0, de nacionalidad brasilera, de estado civil soltero, que si sabe leer y

escribir, fecha de nacimiento 07/10/1989, de ocupación chofer, domicilio en calle Joao Repossi B° Jardín Dorado

N° 123 de la Ciudad de Foz de Iguazú (Brasil), hijo de Valdemar Massaneiro y Eliane Ponte de Oliveira. la que

dispone: S E N T E N C I A - Nº 44. Corrientes, 24 de mayo de 2022. Por los fundamentos precedentes; RESUELVO:

1º) DECLARAR formalmente admisible el Juicio Abreviado (art. 431 bis CPPN); 2º) … 3°) CONDENAR a JOCIMAR

MASSANEIRO, Cédula de Identificación Brasilera N° 10.863.006-0, de nacionalidad brasilera, ya filiado en autos, a

la pena de seis (6) años de prisión y multa de pesos diez mil ($ 10.000), la que deberá hacerse efectiva dentro del

término de treinta días de quedar firme la sentencia, por habérselo hallado coautor penalmente responsable del

delito de Transporte de Estupefacientes previsto y reprimido por el artículo 5 inciso c) de la Ley 23737, más costas

legales (artículos 12, 40, 41 y 45 del Código Penal, y artículos 530, 531, 533, 535 siguientes y concordantes del

CPPN); 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) … 10º) … 11º) … 12º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar

las demás comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar por secretaría los cómputos de

pena correspondientes, fijando la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN) y oportunamente ARCHIVAR.

Firmado por: VICTOR ALONSO GONZALEZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: RAMON DELGADO, SECRETARIO

DE JUZGADO Dr. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - Dr. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCION PENAL

e. 07/06/2022 N° 41571/22 v. 13/06/2022