N° 268/21 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - PARANÁ - ENTRE RÍOS
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - PARANÁ - ENTRE RÍOS
Por disposición de la Sra. Presidente, Dra. Lilia Graciela Carnero; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva
en lo pertinente de fs. 92 vta./94, de la causa FPA 9388/2013/TO1, caratulado: “VILLAGRA, NATALIA SOBRE
INFRACCION LEY 23.737”, que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de
la notificación de Natalia Melina VILLAGRA, argentina, sin apodo, DNI Nº 31.307.427; nacida el 10/12/1984 en la
ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos; de estado civil soltera, empleada en comedores escolares; hija de
Natividad Cáceres y de Rogelio Juan Villagra; con último domicilio en Barrio Cristo Obrero s/n° casa N° 45 de
la Vieja Federación, provincia de Entre Ríos, por la supuesta comisión del delito de entrega de estupefacientes
ocasional, a título gratuito y para uso personal, agravado por el lugar de comisión, en grado de tentativa, que
prevén los arts. 5 último párrafo y 11 inc. “e” de la Ley 23.737 y art. 42, C.P. (arts. 336 inc. 1º, 334 y 361, CPPN);
de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: “RESOLUCIÓN N° 268/21 ///raná, 22 de diciembre de 2021.
VISTO: El presente expediente FPA 9388/2013/TO1, caratulado: “VILLAGRA, NATALIA SOBRE INFRACCION LEY
23.737”, Y CONSIDERANDO:… Por lo expuesto, el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE PARANÁ,
con integración unipersonal RESUELVE: 1º) MODIFICAR la calificación legal aplicable a la conducta de la imputada
Natalia Melina VILLAGRA considerándola subsumida en el art. 5 último párrafo y art. 11 inc. “e”, ambos de la ley
23.737 y art. 42 del Código Penal, esto es, en el delito de entrega ocasional y a título gratuito de estupefacientes
para consumo personal de quien lo recepta, agravado por el lugar de acaecimiento del hecho y en grado de
tentativa. 2º) DECLARAR la extinción de la acción penal por prescripción para conocer del delito que le fuera
imputado y, en consecuencia, SOBRESEER (arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º, CP) a Natalia Melina VILLAGRA, argentina,
sin apodo, DNI Nº 31.307.427; nacida el 10/12/1984 en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos; de estado
civil soltera, empleada en comedores escolares; hija de Natividad Cáceres y de Rogelio Juan Villagra; con último
domicilio en Barrio Cristo Obrero s/n° casa N° 45 de la Vieja Federación, provincia de Entre Ríos, por la supuesta
comisión del delito de entrega de estupefacientes ocasional, a título gratuito y para uso personal, agravado por el
lugar de comisión, en grado de tentativa, que prevén los arts. 5 último párrafo y 11 inc. “e” de la Ley 23.737 y art.
42, C.P. (arts. 336 inc. 1º, 334 y 361, CPPN). 3º) EXIMIR de costa a la sobreseída (art. 531, CPPN). 4º) DESTRUIR
el material estupefaciente remitido a este Tribunal, conforme constancia de fs. 85 (cfme. art. 30 de la ley 23.737).
REGISTRESE, publíquese, notifíquese a las partes, líbrense las comunicaciones del caso, y, en estado, archívese.
Firmado: Dra. Lilia Graciela Carnero Presidente, Ante mí: Valeria Iriso – Secretaria de Cámara.” Dra. Lilia Graciela
Carnero Juez - Dra. Damna Barbiero Secretaria de DD HH
e. 08/06/2022 N° 41897/22 v. 14/06/2022