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N° 43023/22 Aviso del Boletín Oficial

ATLAS WEALTH MANAGEMENT S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 10 de junio de 2022

Texto del aviso

ATLAS WEALTH MANAGEMENT S.A.

CUIT: 30717572234.- Por Acta de Asamblea del 07/06/2022: 1) Reforma artículo tercero: “TERCERO: La Sociedad

tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier lugar del territorio

de la República Argentina y/o en el Exterior, las siguientes actividades: 1. En el mercado de capitales: Agente

Productor de Mercado de Capitales, en los términos de la Ley 26.831, sus normas modificatorias, complementarias

y reglamentarias (la “Normativa Aplicable”). Asimismo, la Sociedad podrá realizar las actividades complementarias

en el ámbito del mercado de capitales que autorice la Normativa Aplicable, cumpliendo en cada caso con la

misma y siempre respetando las incompatibilidades que correspondan al registro en las categorías de agentes

supervisados por la Comisión Nacional de Valores y previstas por la Normativa Aplicable. En todos los casos,

las actividades de la Sociedad (que podrá incluir otras no alcanzadas por las enunciaciones precedentes pero

autorizadas por la Comisión Nacional de Valores), requerirán el cumplimiento de las normas de la Comisión

Nacional de Valores. 2. Mandatarias: administración por cuenta de terceros de negocios financieros y en especial

las relacionadas con títulos de crédito, títulos valores públicos o privados, representaciones, cobranzas, mandatos,

comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya sido

reservado a profesionales con título habilitante; la actuación como agente de suscripciones o servicios de renta y

amortización; administración de carteras de valores, fideicomisos financieros como Agente Fiduciario, Fideicomisos

no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la materia; como

agente colocador de cuotas-partes de Fondos Comunes de Inversión, conforme a las normas de la Comisión

Nacional de Valores y los Mercados del país. 3. Financieras: Operaciones que tengan por objeto títulos de crédito

o títulos valores públicos o privados, asesoramiento financiero y toda operación permitida por la normativa vigente.

Quedan excluidas las operaciones contempladas en la Ley de Entidades Financieras y toda aquella que requiera

el concurso público.- Las actividades que así lo requieran serán realizadas por personas con título habilitante. A

tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos

los actos y contratos que directa o indirectamente se relacionen con su objeto y no sean prohibidos por las leyes

o este estatuto.- ”.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 55 de fecha 07/06/2022 Reg. Nº 364

GABRIEL JONATHAN BUZNICK - Matrícula: 5383 C.E.C.B.A.

e. 10/06/2022 N° 43023/22 v. 10/06/2022