N° 43023/22 Aviso del Boletín Oficial
ATLAS WEALTH MANAGEMENT S.A.
Texto del aviso
ATLAS WEALTH MANAGEMENT S.A.
CUIT: 30717572234.- Por Acta de Asamblea del 07/06/2022: 1) Reforma artículo tercero: “TERCERO: La Sociedad
tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier lugar del territorio
de la República Argentina y/o en el Exterior, las siguientes actividades: 1. En el mercado de capitales: Agente
Productor de Mercado de Capitales, en los términos de la Ley 26.831, sus normas modificatorias, complementarias
y reglamentarias (la “Normativa Aplicable”). Asimismo, la Sociedad podrá realizar las actividades complementarias
en el ámbito del mercado de capitales que autorice la Normativa Aplicable, cumpliendo en cada caso con la
misma y siempre respetando las incompatibilidades que correspondan al registro en las categorías de agentes
supervisados por la Comisión Nacional de Valores y previstas por la Normativa Aplicable. En todos los casos,
las actividades de la Sociedad (que podrá incluir otras no alcanzadas por las enunciaciones precedentes pero
autorizadas por la Comisión Nacional de Valores), requerirán el cumplimiento de las normas de la Comisión
Nacional de Valores. 2. Mandatarias: administración por cuenta de terceros de negocios financieros y en especial
las relacionadas con títulos de crédito, títulos valores públicos o privados, representaciones, cobranzas, mandatos,
comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya sido
reservado a profesionales con título habilitante; la actuación como agente de suscripciones o servicios de renta y
amortización; administración de carteras de valores, fideicomisos financieros como Agente Fiduciario, Fideicomisos
no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la materia; como
agente colocador de cuotas-partes de Fondos Comunes de Inversión, conforme a las normas de la Comisión
Nacional de Valores y los Mercados del país. 3. Financieras: Operaciones que tengan por objeto títulos de crédito
o títulos valores públicos o privados, asesoramiento financiero y toda operación permitida por la normativa vigente.
Quedan excluidas las operaciones contempladas en la Ley de Entidades Financieras y toda aquella que requiera
el concurso público.- Las actividades que así lo requieran serán realizadas por personas con título habilitante. A
tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos
los actos y contratos que directa o indirectamente se relacionen con su objeto y no sean prohibidos por las leyes
o este estatuto.- ”.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 55 de fecha 07/06/2022 Reg. Nº 364
GABRIEL JONATHAN BUZNICK - Matrícula: 5383 C.E.C.B.A.
e. 10/06/2022 N° 43023/22 v. 10/06/2022