N° 43169/22 Aviso del Boletín Oficial
DAHUA ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
DAHUA ARGENTINA S.A.
CUIT 30-71548925-9. Por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 2/12/2021 se resolvió por unanimidad:
(i) modificar el artículo octavo del estatuto social, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: “VIII. -
DIRECCION Y ADMINISTRACION: ARTICULO OCTAVO: La dirección y administración está a cargo del Directorio,
integrado por uno a cinco titulares, pudiendo la asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se
incorporarán al directorio por el orden de su designación y serán reelegibles en sus cargos indefinidamente. Las
designaciones son revocables exclusivamente por Asamblea conforme lo dispuesto por el art. 256 y 262 de la ley
19.550. El término de su elección es de tres (3) ejercicios. La asamblea fijará el número de directores, así como
también su remuneración. El directorio sesionará con la mitad más uno de sus titulares y resolverá por mayoría
de los presentes. En caso de empate en la votación decidirá el voto dirimente del Presidente. Las reuniones
de directorio podrán ser celebradas fuera de la sede social, siempre dentro de la órbita de su jurisdicción, y
serán válidas aquellas que se realicen por conferencia telefónica, transmisión simultánea de sonido, imágenes y
palabras, permitiendo de tal forma, el cómputo del quórum, mayorías, deliberación y votación de los directores
presentes a distancia, siempre que el quórum de las mismas se configure con la presencia física en el lugar de
celebración de los integrantes necesarios para ello, debiendo el acta correspondiente ser suscripta por todos los
participantes de la reunión. El directorio tiene todas las facultades de administración y disposición, incluso las que
requieren poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación, siempre que tales
actos respondan al giro normal y constituyan parte del objeto de la Sociedad. Podrá, especialmente, operar con
toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas, nacionales o extranjeras,
dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales o de administración u otros, con o sin facultad de sustituir,
iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto jurídico que
haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la Sociedad. En garantía de sus funciones los Directores titulares
deberán constituir una garantía que deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o
extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la Sociedad; o en fianzas, avales
bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado
por cada director o gerente; en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos
a la caja social. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.939 - Segunda Sección 8 Viernes 10 de junio de 2022
o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el
plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. El monto de la garantía será el que establezca
la normativa vigente en la materia”; y (ii) designar a Su, Haifeng, como Presidente del Directorio y a Chen, Dongmei
como Directora suplente, por tres ejercicios. Ambos directores aceptaron expresamente los cargos y constituyeron
domicilio especial en Lola Mora 421, Piso 9°, Oficina 901 (CABA). Autorizado según instrumento privado Acta de
Asamblea de fecha 02/12/2021.
FRANCISCO POCIELLO ARGERICH - T°: 30 F°: 593 C.P.A.C.F.
e. 10/06/2022 N° 43169/22 v. 10/06/2022