W20 Argentina W20Argentina

N° 43024/22 Aviso del Boletín Oficial

PETRÓLEOS SUDAMERICANOS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 10 de junio de 2022

Texto del aviso

PETRÓLEOS SUDAMERICANOS S.A.

CUIT. 33-65260768-9. Comunica que según Asamblea del 14.3.2022, se resolvió reformar los Artículos: (i) Tercero,

con el objeto de ampliar el objeto social e incluir las actividades vinculadas al desarrollo de energía eléctrica, la

inversión en proyectos vinculados a los fines sociales y extender ciertas facultades necesarias para el desarrollo de

actividades comerciales y de financiación. El artículo tercero queda redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO

TERCERO: Tiene por objeto desarrollar en el país o en el extranjero, por sí, o por o para terceros las siguientes

actividades: A) Petroleras y/o Mineras: Cateos, sondeos, prospección, todo tipo de actividades exploratorias,

perforación, explotación, elaboración, almacenamiento, transporte, refinación, destilación, industrialización

y distribución de hidrocarburos, líquidos y gaseosos y sus derivados, y minerales de cualquier categoría,

incluyendo minerales radioactivos. Diseñar, fabricar, comprar, vender, reparar y/o alquilar todo tipo de materias

primas, materiales, maquinarias y/o repuestos para todo tipo de actividades petroleras y/o mineras. La Sociedad

podrá presentarse por sí misma, con terceros o asociadas a terceros para todo tipo de licitación o concursos

públicos o privados, relacionados con las actividades mencionadas en el párrafo anterior, pudiendo actuar como

concesionario de explotación y/o transporte de hidrocarburos y celebrar todo tipo de actos y contratos que sean

necesarios para la eficaz realización de su objeto social. B) Energía Eléctrica: mediante la generación de cualquier

fuente, convencional o renovable, transformación, transporte, almacenaje, distribución y comercialización de

energía eléctrica. C) Consultoría: Prestación de servicios de consultoría y asesoramiento técnico a terceros en

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.939 - Segunda Sección 14 Viernes 10 de junio de 2022

las materias descriptas precedentemente. D) Comerciales: mediante la compra, venta, importación, exportación,

representación, cesión, consignaciones, transporte, distribución y comercialización de elementos vinculados y

necesarios para ejercer las actividades señaladas en los apartados A) y B), incluyendo el ejercicio o desempeño

de representaciones, comisiones, consignaciones y mandatos. E) Financieras y de Inversión: Compra, venta y

negociación de títulos, acciones, bonos, letras de tesorerías, y toda clase de valores mobiliarios y papeles de

créditos, públicos o privados, de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse, incluyendo

acciones, bonos o títulos, con planes o sistemas de desgravación impositiva. El aporte de capitales a personas,

empresas, compañías o sociedades, constituidas o a constituirse, físicas o jurídicas, del país o del extranjero,

para la concentración de operaciones realizadas o a realizarse; pudiendo constituir o participar en la constitución

de sociedades o adquirir y mantener participaciones accionarias en sociedades existentes o a crearse en

la República Argentina o en el exterior, participar en uniones transitorias, agrupaciones de colaboración, joint

ventures y consorcios. La Sociedad puede también con fines de inversión adquirir, desarrollar y enajenar muebles

e inmuebles de cualquier clase, así como también gravar los mismos y darlos y tomarlos en locación, concesión

o leasing. La Sociedad podrá otorgar préstamos a intereses, y financiaciones a corto, mediano y largo plazo, con

cualquiera de las garantías previstas en la legislación, o sin ellas. Podrá adquirir créditos, descontar documentos

comerciales y otorgar fianzas, avales y/o cualquier tipo de garantía, ya sea real o personal, para garantizar deuda

propia o de terceros y la realización de operaciones de financiación en todas sus formas. Se excluyen expresamente

todas aquellas actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras, y toda otra que requiera concurso

público. Las actividades detalladas en los apartados C), D) y E) más arriba serán realizadas en la medida que

tengan relación o estén asociadas con el objeto principal de la Sociedad que se describe en el apartado A). Para

el cumplimiento de sus fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir derechos, contraer

obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto”. (ii) Cuarto, Sexto

y Séptimo con el objeto de actualizar las referencias a la Ley General de Sociedades. (iii) Octavo, Noveno y Décimo

con el objeto de posibilitar las reuniones de los órganos de la Sociedad a distancia; adecuar el funcionamiento

del directorio y de la comisión fiscalizadora a las normas vigentes aplicables al Régimen de Oferta Pública; y,

autorizar, con las más amplias facultades, al Directorio de la Sociedad para que decida la emisión de obligaciones

negociables simples como así también la prórroga del plazo de vigencia, modificación de términos y condiciones

y/o aumento de monto de programa de emisión de obligaciones negociables, en su caso, todo ello sin necesidad

de resolución previa de la Asamblea, de conformidad con la Ley de Mercado de Capitales. (iv) Décimo Primero con

el objeto de que el pago de dividendos se rija de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable. A su vez, se

resolvió aprobar un nuevo Texto Ordenado del Estatuto Social. Autorizado según instrumento privado Asamblea

de fecha 14/03/2022

María Fernanda Mierez - T°: 65 F°: 429 C.P.A.C.F.

e. 10/06/2022 N° 43024/22 v. 10/06/2022