N° 43632/22 Aviso del Boletín Oficial
PASO JUAN S.A.
Texto del aviso
PASO JUAN S.A.
CUIT: 30716824019. Por Acta de Asamblea general extraordinaria celebrada el 29/09/2021 se resolvió: (i) aumentar
el capital social en la suma de $ 44.900.000, es decir, de la suma de $ 100.000 a $ 45.000.000, mediante la emisión
de 45.000.000 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de $ 1 valor nominal cada una y con derecho
a un voto por acción. En consecuencia, se resolvió modificar el artículo 4 del capital social. Nueva composición
accionaria:: (i) Rosana SELLART, suscribe treinta y un millones quinientas mil (31.500.000) acciones ordinarias,
nominativas, no endosables, de valor nominal un peso ($ 1) cada una y de un voto por acción, que representan
el 70%del capital social y; (ii) Héctor René Manzini, suscribe trece millones quinientas mil (13.500.000) acciones
ordinarias, nominativas, no endosables, de valor nominal un peso ($ 1) cada una y de un voto por acción, que
representan el 30% del capital social. Asimismo, por la asamblea ya referenciada se modificó el articulo décimo
quinto del estatuto social, fijándose la nueva fecha de cierre de ejercicio el 30 de septiembre de cada año. También
se modificó el artículo tercero del estatuto social, quedando de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: La
sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, dentro del país o del
extranjero, las siguientes actividades: I) Agropecuarias: Explotación en campos propios o ajenos de: a) Actividad
agrícola en todas sus especies, como cereales, granos, oleaginosas, forrajes, y yerbateras incluso la multiplicación
de semillas por genética tradicional o de contenido biotecnológicos, b) Actividad forestal y frutícola, c) Cría y
engorde de todo tipo de ganado, d) Compra, venta, exportación, importación, acopio y distribución de todo
tipo de productos agrícola-ganaderos, de hacienda, cereales, maderas, su industrialización, comercialización,
exportación e importación, almacenaje, clasificación, transporte, comercialización, importación de granos y
semillas, construcción y/o arrendamiento y explotación de silos y la explotación de tambos, granjas, estancias y
cualquier otro tipo de establecimiento agrícola que determine un proceso de comercialización o industrialización
primaria de los productos de dicha explotación, d) La adquisición, explotación, arrendamiento, y administración
de campos propios y/o ajenos mediante el arrendamiento, locación, aparcería y/o usufructo oneroso, e) Locación
de servicios de cosecha tareas de siembras, recolección de cosechas, su transporte, fumigación de campos, f)
Gerenciamiento y desarrollo, dirección y administración de proyectos y emprendimientos agrícola-ganaderos en
campos propios o de terceros. II) Mandatarias: Mediante la realización de mandatos y representaciones de toda
índole de operaciones emergentes de la cosecha, consignación, intermediación, transporte y comercialización
de productos agropecuarios. III) Inmobiliarias: Mediante la compra, venta, permuta, locación, administración,
comercialización e intermediación de bienes inmuebles, urbanos, suburbanos y rurales, la subdivisión de tierras,
movimiento de suelos, urbanización y loteo, la organización de consorcios de propietarios y su administración,
promoción y venta; y la realización de todo tipo de operaciones comprendidas en el régimen de propiedad horizontal.
IV) Financieras: Realizar inversiones y/o aportes de capital a particulares, empresas, sociedades constituidas o
a constituirse, para negocios presentes y/o futuros, ejercer mandatos, comisiones o representaciones de otras
sociedades y/o personas, conceder u obtener créditos y/o adelantos de dinero con o sin garantía real, realizar todo
tipo de transacciones u operaciones sobre títulos, acciones, obligaciones, cheques o cualesquiera otros valores,
otorgamientos de garantías, avales y fianzas a favor de sociedades controladas, controlantes, vinculadas y/o a
terceros a título gratuito u oneroso destinados a facilitar las operaciones mencionadas; la colocación de sus fondos
en moneda extranjera, oro o divisas, en depósitos bancarios cualquier tipo y facilitar o aportar capitales a personas
jurídicas, constituidas o a constituirse. Quedan excluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades
Financieras y toda aquella que requiera del concurso del ahorro público. A los efectos de realizar cualquier tipo y
todos los actos que sean complementarios y afines con los anteriores, la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no estén prohibidos por las leyes o por este
estatuto. En todos aquellos casos en que las leyes o disposiciones en vigor exijan título habilitante o requisitos
similares, los servicios y/o actividades serán prestados y desarrollados por profesionales con título habilitante
debiendo la Sociedad efectuar las contrataciones que fueran necesarias a tales fines y efectos”. Autorizado según
instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 29/09/2021
Ignacio Garcia - T°: 139 F°: 204 C.P.A.C.F.
e. 13/06/2022 N° 43632/22 v. 13/06/2022