N° 7019/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 61
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 61
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 31, a cargo de la Dra. Vivian Fernández Garello,
Secretaría Nº 61, a cargo de la Dra. Aimara Di Nardo, sito en Montevideo 546, piso 7°, C.A.B.A., comunica por
cinco días en los autos “LIARA S.A. S / QUIEBRA” (EXPTE. Nº7019/2018), que con fecha 08 DE JUNIO DE 2022
se decretó la quiebra de LIARA S.A. inscripta en la IGJ el 11/05/2004 bajo n° 5761 Libro 25 Tomo – de Sociedades
por Acciones, con domicilio social sito en Avenida Santa Fé 4278 de esta Capital Federal (v. fs. 53/70 pdf 3/7),
CUIT 30708768134. Los acreedores deberán concurrir a verificar hasta el día 01/09/2022 (art. 32 LCQ) ante el
Síndico SEBASTIAN KRELL. De acuerdo a lo dispuesto por la C.S.J.N. en la Ac. 31/20: a. El pretenso acreedor no
deberá aportar los dos juegos de copias en papel, debiendo enviar las copias de manera digital en formato PDF
a la dirección de correo electrónico: electrónico: Liara.quiebra@gmail.com. Poniendo en el asunto el nombre de
la quiebra. En el escrito de presentación, el pretenso acreedor deberá consignar claramente: *Nombre y apellido;
*Domicilio real y constituido; *Domicilio electrónico (si lo tuviere); *Teléfono; *Correo electrónico; *CBU de la cuenta
bancaria donde se le deberían depositar las posibles distribuciones de fondos; *Todo otro dato útil que permita
la comunicación con el acreedor. Los archivos se transferirán en formato PDF y conforme lo estipula el protocolo
de actuación de la Acordada nº 31/2020 de la CSJN para los escritos judiciales que se aplica por analogía para la
presentación tempestiva de créditos. El pago del arancel, en el caso de corresponder, deberá efectuarse mediante
transferencia electrónica a la cuenta de SEBASTIAN KRELL, RESPONSABLE MONOTRIBUTO, CUIT 20236681484,
Banco Ciudad de Buenos Aires, Caja de Ahorro en $ Nº000000580200050074, CBU: 0290058210000000500743.
El plazo para formular impugnaciones y observaciones ante el síndico vence el día 15/09/2022, las que podrán ser
contestadas hasta el día 29/09/2022.A los efectos del art. 34 de la LCQ, para el caso que alguno de los pretensos
acreedores o la fallida requieran ver los legajos de otros acreedores con la finalidad de efectuar impugnaciones,
deberán requerir a la sindicatura por correo electrónico los legajos, los que serán enviados para ello por mail. En
caso de que el interesado pretenda realizar las impugnaciones previstas por el art. 34 de la LCQ, deberán efectuarlas
también mediante envío de las mismas por correo electrónico en formato PDF. El informe individual (art. 35 LCQ)
será presentado por el síndico el día 14/10/2022.La resolución judicial relativa a los alcances y procedencia de los
créditos insinuados (art. 36 LCQ) será dictada a más tardar el día 28/10/2022. El informe general será presentado
por el síndico el día 25/11/2022 (art. 39 LCQ). Intímase a la fallida para que dentro de las 24 horas entregue al síndico
los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Prohíbese a los terceros hacer
pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Intímase a la fallida y administradores para que dentro de las 48 horas,
constituyan domicilio en jurisdicción del Tribunal, bajo apercibimiento de notificar las sucesivas resoluciones por el
art. 133 CPCC (art. 41 CPCC). Publíquense edictos por cinco días en el “BOLETÍN OFICIAL”. Buenos Aires, JUNIO
16 DE 2022. VIVIAN FERNANDEZ GARELLO Juez - AIMARA DI NARDO SECRETARIA
e. 22/06/2022 N° 45662/22 v. 28/06/2022