N° 46919/22 Aviso del Boletín Oficial
MONTEMAR COMPAÑÍA FINANCIERA S.A.
Texto del aviso
MONTEMAR COMPAÑÍA FINANCIERA S.A.
CUIT N° 30-58138551-6: Emisión de Obligaciones Negociables Simples Privadas en Dólares Estadounidenses
Serie I (ONSP Serie I) por Valor Nominal total de hasta U$S 550.000 (Dólares Estadounidenses quinientos cincuenta
mil), con garantía común. Conforme al art. 9 y 10 de la Ley 23.576, modificada por las leyes 23.962 y 27.444 y
reglamentaciones vigentes, MONTEMAR COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. (la “Sociedad”), mediante reunión de
Directorio del 13 de junio de 2022 aprobó la Emisión de Obligaciones Negociables Simples Privadas Serie I (“ONSP
I”) conforme a los siguientes Términos y Condiciones: A.- TÉRMINOS Y CONDICIONES: (i) Monto de Emisión de
las ONSP Serie I. Forma: V/N U$S 550.000 (Dólares Estadounidenses quinientos cincuenta mil). Las ONSP Serie I
serán nominativas, no endosables, no convertibles, de valor nominal U$S 10.000 (Diez mil Dólares Estadounidenses)
cada una. Serán escriturales y se inscribirán en el libro de ONSP que el Emisor llevará en su carácter de Agente de
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.947 - Segunda Sección 50 Viernes 24 de junio de 2022
Registro, conforme lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley de Obligaciones Negociables. (ii) Clases: Se emitirán
dos Clases de ONSP Serie I. La Clase A por hasta un V/N de U$S 400.000 (Dólares Estadounidenses cuatrocientos
mil) y la Clase B por hasta un V/N de U$S 150.000 (Dólares Estadounidenses ciento cincuenta mil). (iii) Subordinación:
La Clase A tendrá preferencia en su derecho de pago sobre la Clase B razón por la cual el pago del Capital e
Interés de esta última se encontrará efectivamente subordinado al previo pago del Capital e Interés de la Clase A.
(iv) Moneda de Emisión, Integración y Pago: Dólares Estadounidenses. (v) Fecha de Emisión: La Emisión para
ambas Clases será el día viernes 1 de julio del corriente, fecha en que tendrá lugar la aceptación de las Ofertas de
Suscripción que formulen los interesados en adquirir las ONSP Serie I. (vi) Precio de colocación. Suscripción e
Integración: Ambas Clases de ONSP Serie I se colocarán en forma privada al 100% de su valor nominal. El precio
de suscripción a la Fecha de Emisión será considerado a su valor par, es decir, la suma de U$S 10.000 (diez mil
dólares) por cada valor nominal unitario de ONSP Serie I. La integración del precio de suscripción se realizará al
contado en la Fecha de Emisión por el monto total de la emisión de U$S 400.000 (dólares estadounidenses
cuatrocientos mil) para la Clase A y U$S 150.000 (dólares estadounidenses ciento cincuenta mil) para la Clase B,
a la Fecha de Emisión de las ONSP Serie I. Si en la Fecha de Emisión no existieran interesados en suscribir ONSP
Serie I por hasta el Monto de Emisión, la Entidad podrá, a su exclusivo criterio: (a) prorrogar el periodo de suscripción
por un plazo máximo de cinco días hábiles, en cuyo caso publicará edictos por un día estableciendo una nueva
Fecha de Emisión o (b) reducir el monto de emisión de ambas o de una sola de las Clases hasta la suma efectivamente
colocada, pudiendo reabrir el periodo de suscripción por el Monto de Emisión residual cuando lo considere
pertinente. En este último supuesto, al precio de suscripción se le deberán adicionar los intereses devengados
desde la Fecha de Emisión original hasta la Fecha de Emisión de Monto de Emisión residual. Los Titulares deberán
obligatoriamente abrir una cuenta corriente o caja de ahorros en Dólares Estadounidenses en la Entidad, a su
exclusivo nombre y cargo que mantendrán abierta durante todo el periodo de vigencia de las ONSP. Una vez que
resulten aceptadas las Ofertas de Suscripción se considera que la Entidad se encuentra expresamente autorizada
a debitar en forma directa el Precio de Suscripción de las ONSP de sus respectivas cuentas o cajas de ahorro en
la Fecha de Emisión. Las ONSP serán colocadas exclusivamente a quienes tengan la condición de inversores
calificados, de acuerdo a lo previsto en el punto 3.3. de las normas sobre “Depósitos e inversiones a plazo” del
BCRA. (vii) Tasa de Interés Aplicable: Ambas Clases de las ONSP Serie I devengarán intereses fijos desde la Fecha
de Emisión hasta la Fecha de Pago de Servicios. La Tasa de Interés Aplicable será equivalente el 4.5% (cuatro y
medio por ciento) nominal anual. El monto de los intereses será calculado sobre la cantidad de días efectivamente
transcurridos y en base a un año de 365 días. (viii) Período de Devengamiento: El Período de Devengamiento para
ambas Clases de las ONSP Serie I será de 180 (ciento ochenta) días corridos desde la Fecha de Emisión hasta la
Fecha de Pago de Servicios, sin perjuicio del derecho del Emisor de rescatarlas anticipadamente conforme a lo
establecido en el punto (xiii) subsiguiente. (ix) Servicios de Interés: Para ambas Clases, el pago de los intereses
devengados tendrá lugar en un único pago en la Fecha de Pago de Servicios. (x) Amortización: Para ambas Clases,
el capital de las ONSP, será amortizado por la Entidad, en un único pago, equivalente al 100% (cien por ciento) del
valor nominal de las ONSP, en la Fecha de Pago de Servicios, sin perjuicio del derecho del Emisor de rescatarlas
anticipadamente conforme a lo establecido en el punto (xiii) subsiguiente. (xi) Fecha de Pago de Servicios: Para
ambas Clases la Fecha de Pago de Servicios tendrá lugar el miércoles 28 de diciembre de 2022. Si cualquier pago
de capital o intereses de las ONSP debiera ser abonado en una fecha que no fuera un Día Hábil, dicho pago será
efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior, y tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la
fecha en la cual vencía el mismo, sin que se devenguen intereses adicionales. La Entidad se reserva el derecho de
adelantar el Pago de Servicios a su exclusivo criterio a una fecha anterior a la Fecha de Pago de Servicios en cuyo
caso abonará los intereses que efectivamente se hubieran devengado hasta la Fecha de Pago de Servicios y el
pago tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en dicha fecha. (xii) Forma y condiciones de pago:
Todos los pagos efectuados con causa en las ONSP Serie I, tanto de capital como de intereses, serán realizados
por el Emisor en Dólares Estadounidenses no siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 765 del Código Civil
y Comercial de la Nación, mediante acreditación en la cuenta abierta por los Titulares en Montemar, sirviendo el
comprobante de la acreditación de los fondos de suficiente recibo y carta de pago. En caso de resultar imposible
la acreditación en la referida cuenta, el domicilio de pago de las ONSP será el de Montemar, sito en calle San
Martín 1152, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, República Argentina. (xiii) Rescate: Una vez transcurridos
30 días desde la Fecha de Emisión, para la Clase A y 60 días a contar desde la misma fecha para la Clase B, en
cualquier momento, la Compañía tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las ONSP Serie I para su total
cancelación. En cualquiera de los casos, el precio de rescate será equivalente al saldo de capital pendiente de
amortización, más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate. Bajo ningún
supuesto los Tenedores tendrán derecho a solicitar el rescate anticipado total o parcial de las ONSP Serie I. La
voluntad de rescatar será comunicada por el Emisor a los Tenedores de la Clase correspondiente con no menos
de 5 (cinco) y no más de 15 (quince) días hábiles de antelación, mediante notificación fehaciente dirigida al domicilio
que cada tenedor hubiere consignado en la Oferta de Suscripción y mediante la publicación por 1 (un) día hábil en
el Boletín Oficial de la República Argentina. En la fecha determinada de rescate los fondos correspondientes serán
acreditados en la cuenta abierta por los Titulares en la Entidad considerándose rescatadas mediante la sola
acreditación de los fondos. El Emisor procederá a asentar el rescate y la correspondiente cancelación de las ONSP
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.947 - Segunda Sección 51 Viernes 24 de junio de 2022
en el libro de registro de Tenedores de ONSP Serie I. B. -DATOS DE LA EMISORA: MONTEMAR COMPAÑÍA
FINANCIERA S.A. se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio de Mendoza el 10 de octubre de
1968, bajo el Nº 479, fs. 206, T° 39, y N° 1269, fs. 69, T° 5° A Registro Público de Sociedades Anónimas. Tiene su
sede social inscripta en Avda. San Martín 1152 de la ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza – República
Argentina. Tiene un plazo de duración de 50 años contados a partir de la inscripción registral de su prórroga,
realizada el 24 de julio de 2018. Objeto social: La Sociedad tiene por objeto social actuar como compañía financiera
en los términos de la Ley 21.526 de Entidades Financieras. Para el cumplimiento de su objeto la Sociedad goza de
plena capacidad jurídica pudiendo realizar todos los actos, negocios y negociaciones tendientes al mismo. Capital
social al 31/12/2021: $ 8.500.000 (pesos ocho millones quinientos mil). Patrimonio neto al 31/12/2021: $ 635.769.000
(pesos seiscientos treinta y cinco millones setecientos sesenta y nueve mil). Al día de la fecha no existen obligaciones
negociables o debentures emitidos con anterioridad, así como deudas con privilegios o garantías que la emisora
tenga contraídas al tiempo de la emisión. Autorizado según instrumento privado Acta de Directorio Nro. 1010 de
fecha 13/06/2022
Ramiro Santurio - T°: 118 F°: 308 C.P.A.C.F.
e. 24/06/2022 N° 46919/22 v. 24/06/2022