N° 46193/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial Nro. 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 18 a mi cargo,
sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por dos días en autos “ASOCIACION POR LA DEFENSA DE
USUARIOS Y CONSUMIDORES (ADUC) c/ BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. Y OTROS s/ORDINARIO”
(Exp. Nro. 35158/2015) que las partes han arribado a un acuerdo a la luz del cual BANCO DE GALICIA Y BUENOS
AIRES S.A. continuará percibiendo la comisión “mantenimiento de cuenta” en los términos de las Comunicaciones
BCRA “A” 5460 y 5388 pero se compromete a otorgar a aquellos que habiendo sido clientes al día 30.09.13 y
continúen -o no- siéndolo y se les hubiera cobrado a partir de dicha fecha la comisión antes aludida en tarjetas
de crédito, un beneficio consistente en un Seguro de Accidentes Personales por (i) fallecimiento por accidente por
la suma de $ 200.000; (ii) invalidez permanente por accidente por la suma de $ 200.000; (iii) gastos médicos por
la suma de $ 3.000 anuales; e (iv) invalidez temporaria por accidente por la suma de $ 500 por día por un máximo
de 60 días. La referida cobertura será brindada por Compañía Galicia Seguros SAU, por un plazo máximo de dos
(2) años y abarcará a un titular, que deberá ser el usuario o consumidor alcanzado por el beneficio. Asimismo,
se otorgará el beneficio de un servicio de multiasistencia que será brindado por Compañía Europ Assistance
Argentina S.A., por un plazo máximo de dos (2) años consistente en: 1) Servicios de asistencia al hogar: Plomería,
Gasista, Cristalería, Electricista y Cerrajería, cada uno de ellos por hasta $ 3.000 por evento y hasta 2 eventos al
año; y prestaciones adicionales por hasta $ 1.000 por evento y hasta un evento anual consistente en seguridad y
vigilancia por robo, celador o cuidador –vigilante substituto, servicio de mudanza, técnicos para mantenimiento
general, asesoría de seguridad en el hogar y asistencia legal in situ en caso de robo al domicilio; 2) Cobertura médica
odontológica: por hasta $ 10.000 anuales por consulta odontológica telefónica las 24 hs.; examen odontológico,
odontograma general; radiografías periapicales y coronales; medicina bucal - historia clínica, diagnóstico, plan de
tratamiento, exodoncias simples o extracciones, técnicas de higiene oral y prevención vía telefónica, tratamientos
de conducto, alivio de dolor (angelsicos) y referencias de centros y clínicas odontológicas; asistencia dental de
urgencia - gastos de atención odontológica de urgencia; gastos por accidente (prótesis dental); tratamientos no
urgentes; 3) referencia de farmacias, centros de salud y odontólogos a nivel nacional; 4) enfermera a domicilio
por hasta $ 10.000 anuales; 5) terapias básicas físicas a domicilio por hasta $ 10.000 anuales; 6) acompañante
nocturno durante la hospitalización por hasta $ 10.000 anuales; 7) asistencia en sala de urgencia por accidente
laboral, doméstico y de tránsito por hasta $ 10.000 anuales; y 8) 30% de reintegro por gastos en farmacias por
hasta $ 3.000 anuales. Se deja constancia que la sentencia homologatoria en cuestión hará cosa juzgada para
los demandados y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren abarcados en el presente acuerdo,
sin perjuicio del derecho que les asistes a quienes deseen apartarse de la solución general adoptada, de efectuar
reclamos individuales. Aquel usuario que así lo desee podrá enviar dentro de los 90 días corridos desde la
última publicación del presente, un correo electrónico a los e-mails info@aduc.org.ar y mantenimientocuentatc@
bancogalicia.com.ar manifestando que va a hacer uso del derecho de autoexclusión. Buenos Aires, 21 de junio de
2022. PAULA MARIA HUALDE Juez - FLORENCIA MARIA CLAUS SECRETARIA
e. 24/06/2022 N° 46193/22 v. 27/06/2022