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N° 47075/22 Aviso del Boletín Oficial

STARR ARGENTINA RE S.A.U.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 27 de junio de 2022

Texto del aviso

STARR ARGENTINA RE S.A.U.

CUIT: 30-71547864-8. (1) Por Asamblea Extraordinaria del 15/05/2018 se resolvió: (i) Modificar la denominación

social de STARR ARGENTINA RE S.A.U. a STARR ARGENTINA DE SEGUROS S.A.U. y reformar el art. 1 del

estatuto en consecuencia; y (ii) Modificar el objeto social, reformando el art. 3 del estatuto que queda redactado

de la siguiente manera: “La sociedad tiene como objeto exclusivo realizar actividades y operaciones de Seguros,

en general, pudiendo operar en todas las coberturas autorizadas por la Superintendencia de Seguros de

la Nación. Podrá en consecuencia, realizar todas las operaciones que no le sean prohibidas por las Leyes y

Reglamentaciones que rijan la Actividad Aseguradora. A tales fines la sociedad tendrá plena capacidad jurídica

para adquirir derechos, contraer obligaciones, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este

estatuto”. (2) Por Asamblea Extraordinaria del 28/04/2022 resolvió: (i) Modificar la denominación social de STARR

ARGENTINA DE SEGUROS S.A.U. a STARR ARGENTINA S.A.U. y reformar el art. 1 del estatuto en consecuencia;

(ii) Modificar el objeto social, reformando el art. 3° del estatuto que queda redactado de la siguiente manera:

“La sociedad tiene por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en

el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: participación mediante aporte de capitales a sociedades

existentes o a constituirse; inversiones inmobiliarias y realización de todo tipo de operaciones -incluyendo pero sin

limitarse a la compra, venta, permuta y/o tenencia- relativas a títulos, acciones, debentures, bonos y toda clase de

títulos valores y papeles de crédito en cualquiera de las modalidades vigentes; y a la realización de toda clase de

operaciones financieras a tal fin con expresa exclusión de las operaciones comprendidas en la ley de entidades

financieras y toda otra que requiera el concurso público. A los fines de cumplir con su objeto la sociedad podrá

comprar, vender, hipotecar, explotar, subdividir, construir, administrar y alquilar inmuebles urbanos o rurales y

bienes sometidos o a someter al régimen de propiedad horizontal, dentro o fuera del país. Asimismo, la sociedad

tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y ejercer los actos que no sean

prohibidos por las leyes o por este estatuto”; (iii) Reformar el art. 12° del estatuto relativo al órgano de fiscalización.

Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de fecha 28/04/2022

Constanza Rita Domini - T°: 121 F°: 887 C.P.A.C.F.

e. 27/06/2022 N° 47075/22 v. 27/06/2022