N° 48660/22 Aviso del Boletín Oficial
AGRINOA S.A., PRUDENCIA PAT S.A. Y COPRONOR S.A.
Texto del aviso
AGRINOA S.A., PRUDENCIA PAT S.A. Y COPRONOR S.A.
Agrinoa S.A. (antes denominada Póntico S.A.) (CUIT 30-59267342-4), con domicilio en Balcarce 353, piso 1,
departamento “A”, CABA, inscripta en el Registro Público de Comercio el 21/08/1980, bajo el N.º 3444 del libro 92,
tomo A, de Estatutos de Sociedades Anónimas Nacionales (“Agrinoa”); Prudencia Pat S.A. (CUIT 30-71740855-
8), con domicilio en 3 de Febrero 1674, piso 2, departamento “A”, CABA, inscripta en la IGJ el 07/12/2021 bajo
el N.º 20444 del libro 105, tomo - de SA (“Prudencia Pat”); y Copronor S.A. (CUIT 33-71734486-9), con domicilio
en 3 de Febrero 1674, piso 2, departamento “A”, CABA, inscripta en la IGJ el 22/10/2021 bajo el N.º 17801 del
libro 105, tomo - de SA (“Copronor”) informan que: 1. Escisión-Fusión. El 23/05/2022 celebraron un compromiso
previo de escisión-fusión, conforme fuera aprobado por reuniones de sus respectivos Directorios y Asambleas
Extraordinarias celebradas el 23/05/2022, en virtud del cual Agrinoa, sin disolverse, resolvió escindir parte de sus
activos y pasivos para fusionarlos por absorción con Prudencia Pat, como sociedad absorbente, por un lado, y
con Copronor, como sociedad absorbente, por otro lado. 2. Valuación del activo y del pasivo de las sociedades
antes de la escisión-fusión, según Balances de Situación Patrimonial Individuales Especiales de cada una de las
sociedades, todos ellos cerrados al 28/02/2022: a) Agrinoa: Activo $ 1.110.496.790,62, Pasivo $ 630.695.938,56;
b) Prudencia Pat: Activo $ 104.088, Pasivo $ 24.200; c) Copronor: Activo $ 15.020.148, Pasivo $ 15.375.606. 3.
Valuación del activo y del pasivo que compone el patrimonio destinado a Prudencia Pat, según Balance Especial
de Escisión de Agrinoa cerrado al 28/02/2022: Activo $ 57.981.166,31, Pasivo $ 0,00. Valuación del activo y del
pasivo que compone el patrimonio destinado a Copronor, según Balance Especial de Escisión de Agrinoa cerrado
al 28/02/2022: Activo $ 432.204.938,50, Pasivo $ 250.285.678,78 4. Aumento de capital. Como consecuencia de
esta escisión-fusión, (i) Prudencia Pat aumentó su capital social en $ 12.088, elevándolo a la suma de $ 112.088
mediante la emisión de 12.088 acciones ordinarias, escriturales, VN $ 1, con derecho a 1 voto por acción, y (ii)
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.951 - Segunda Sección 39 Jueves 30 de junio de 2022
Copronor aumentó su capital social en $ 37.916, elevándolo a la suma de $ 137.916 mediante la emisión de 37.916
acciones ordinarias, escriturales, VN $ 1, con derecho a 1 voto por acción. Tanto en Prudencia Pat como en
Copronor, las acciones emitidas fueron suscriptas por Carlos E. Cárdenas, María Pía Cárdenas y María Agustina
Cárdenas en forma proporcional a sus respectivas participaciones en Agrinoa. Como consecuencia de lo anterior,
(i) en Prudencia Pat Carlos E. Cárdenas devino en titular de 6.044 acciones, María Pía Cárdenas de 3.022 acciones
y María Agustina Cárdenas de 3.022 acciones, todas ellas escriturales, VN $ 1, con derecho a 1 voto, y (ii) en
Copronor Carlos E. Cárdenas devino en titular de 18.958 acciones, María Pía Cárdenas de 9.479 acciones y
María Agustina Cárdenas de 9.479 acciones, todas ellas escriturales, VN $ 1, con derecho a 1 voto. 5. Reducción
de capital: como consecuencia de la escisión-fusión, Agrinoa redujo su capital social en $ 50.000, a la suma de
$ 50.000, cancelando 500 acciones ordinarias, nominativas, no endosables, VN $ 100, con derecho a 5 votos por
acción, reformándose en consecuencia el artículo cuarto del Estatuto Social. Como consecuencia, la tenencia
accionaria de Agrinoa quedó conformada de la siguiente manera: Claudio M. A. Ciancio, 500 acciones ordinarias,
nominativas, no endosables, VN $ 100, con derecho a 5 votos por acción. 6. Oposición: Las oposiciones de ley
para la escisión-fusión aquí comunicada deberán realizarse en Balcarce 353, piso 1, depto. A, CABA. Autorizado
según instrumento privado Asambleas de Agrinoa S.A., Prudencia Pat S.A. y Copronor S.A. de fecha 23/05/2022
Luis Alberto Schenone - T°: 122 F°: 200 C.P.A.C.F.
e. 30/06/2022 N° 48660/22 v. 04/07/2022