N° 49235/22 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 - PARANÁ
Texto del aviso
JUZGADO DE 1RA. INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 - PARANÁ
El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL N° 1 de Paraná, provincia de Entre Ríos, a
cargo del Dr. JUAN CARLOS COGLIONESSE, Secretaría N° 1 de la Dra. LUCILA DEL HUERTO CERINI, comunica
a los clientes con carácter de usuarios y/o consumidores finales del BANCO B.B.V.A. ARGENTINA S.A. que se
encuentra en trámite ante dicho Juzgado y Secretaría el juicio, “ASOCIACIÓN PROTECCIÓN CONSUMIDORES DEL
MERCADO COMÚN DEL SUR - PROCONSUMER C/ BANCO BBVA ARGENTINA S.A. S/ SUMARÍSIMO” (Expte.
n° 18.689 iniciado el 03/08/2020). Partes intervinientes: ACTORA: “ASOCIACIÓN PROTECCIÓN CONSUMIDORES
DEL MERCADO COMUN DEL SUR - PROCONSUMER”, con domicilio en calle Viamonte n° 885 2do. Piso de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por las Apoderadas Dras. JULIETA IRIGOYTÍA y MARÍA EMMA
BARGAGNA, ambas con domicilio legal en calle Gobernador Sola n° 649 de la ciudad de Paraná, Provincia de
Entre Ríos. DEMANDADA: BANCO BBVA ARGENTINA S.A., CUIT n° 30-50000319-3, con domicilio de Sucursal en
calle San Martín n° 763 de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, representado por el Apoderado GUSTAVO
E. LOYARTE, con domicilio constituido en Juan de Lamadrid n° 2228 de Paraná. Fiscal interviniente: PRISCILA
RAMOS MUZIO. CLASE: El grupo o clase está compuesto por “todos los usuarios de cajas de ahorro y/o de
cuentas corrientes, titulares de tarjeta de débito y/o crédito en cualquiera de sus versiones o tipos con las que
opera el Banco BBVA ARGENTINA S.A. de todo el país, a los cuales se les haya debitado de modo mensual (o de
cualquier otra forma temporal) el concepto “SEGURO DE ROBO EN CAJEROS” y/o denominación análoga, hayan
o no requerido, consentido, adherido y aceptado previa y expresamente por escrito al régimen de dicho seguro
por robo, por tratarse de una asociación de consumidores creada para la defensa colectiva de los derechos de
estos últimos, cuyo reconocimiento está dado por la Constitución tanto Nacional como Provincial” (Considerandos
de la Resolución dictada el 02/03/2021 en las actuaciones de referencia). OBJETO DE LA ACCIÓN: La demanda
solicita que el Sr. Juez disponga: a) Que el BBVA cese de debitar, de modo mensual (o de cualquier otra forma
temporal que eventualmente establezca) sumas de dinero en concepto de SEGURO DE ROBO EN CAJEROS y/o
denominación análoga, a todos los usuarios de Cajas de Ahorro y/o de Cuentas Corrientes, titulares de Tarjetas de
Débito y/o Crédito en cualquiera de sus versiones o tipos con las que opera el Banco, de todo el país, hayan o no
requerido, consentido, adherido y aceptado previa y expresamente por escrito al régimen de dicho seguro por robo,
como así también suprima dicho producto de su página web y de todo otro tipo de publicidad que eventualmente
realice; b) Que el BBVA reintegre a todos los titulares actuales o pasados alcanzados por el prealudido, todas las
sumas debitadas en virtud del denominado concepto de SEGURO DE ROBO EN CAJEROS, con más intereses
a la fecha del efectivo pago; todo ello por el período no prescripto de cinco (5) años anteriores a la interposición
de la demanda hasta la fecha de la pericia (Conf. art. 2560 C.C.C.); c) Que se imponga al BBVA para beneficio
de cada uno de los usuarios afectados la multa prevista en el art. 52° bis de la Ley de Defensa del Consumidor
n° 24.420 (conf. modif. Ley 26361). El presente se publicita a fin de que todos los integrantes del grupo de afiliados
-usuarios de Cajas de Ahorro y/o Cuentas Corrientes, titulares de la tarjeta de Débito y/o Crédito en cualquiera
de sus versiones o tipos con las que opera el Banco BBVA ARGENTINA S.A. de todo el país- a quienes se harían
extensivos los efectos de la sentencia que recaiga, que podrán optar, en el plazo de CINCO (5) DÍAS por quedar
fuera del pleito manifestando su desinterés, como comparecer en él. Se hace saber que la parte Actora actúa
con beneficio de justicia gratuita - arts. 53° y 55° de la Ley n° 24.240. Las actuaciones de referencia tramitan con
beneficio de gratuidad, atento lo dispuesto por el art. 53° de la Ley 24.240. La publicación en el Boletín Oficial de
la República Argentina se ha dispuesto por tres (3) días.
Paraná, 17 de mayo de 2022.
Juan Carlos Coglionesse, Juez
e. 04/07/2022 N° 49235/22 v. 06/07/2022